Una nueva sentencia de la Sección 1 de la Sala Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anula las plazas de habilitados nacionales creadas por el gobierno del PP en el Ayuntamiento de Santiago, que permitieron desplazar de sus puestos al secretario municipal y a la interventora.

Con este fallo, a raíz de un recurso presentado por la CIG, y al que ha tenido acceso Europa Press, ya son dos las sentencias que dejan sin efecto el acuerdo plenario del 2 de febrero de 2012 por el que se aprobó la modificación del cuadro de personal correspondiente a 2011, con el cual se crearon tres plazas de funcionarios --un secretario de apoyo, una interventora de apoyo y un tesorero de apoyo (que no se ocupó)--.

La otra sentencia se produjo a raíz de la impugnación promovida por el Grupo Socialista, con Xosé Sánchez Bugallo como portavoz municipal junto a los otros siete ediles.

En este nuevo fallo, con fecha del 5 de junio de 2014, los magistrados explican que la limitación de incremento de la plantilla que deriva del real decreto 30/2010 y que afecta a 2011 "cierra el paso a plazas de nueva creación".

"Sin distingos ni arabescos interpretativos que se apoyan en conjeturas sobre su reserva de provisión para funcionarios preexistentes, para cubrirse por libre designación o que son plazas de configuración autonómica", agrega.

Al respecto, argumenta que "lo cierto es que son plazas que van a ser perfiladas como puestos de trabajo y que comportan aumento de efectivos y costes presupuestarios". A ello, añade que no se puede "olvidar" que son plazas que, por "sus altas responsabilidades ofrecen una dimensión como órganos de asesoramiento", por lo que colisionarían con el precepto del real decreto en que se dice que "no podrán crearse nuevos órganos que supongan duplicación de otros ya existentes si al mismo tiempo no se suprime o restringe debidamente la competencia de estos".

En contra del informe de la Dirección Xeral

Los letrados de la sala contrarían, en su sentencia, el informe de la Dirección Xeral de Administración Local de la Xunta --entonces ocupada por Norberto Uzal--, a la cual, según recoge el fallo, la defensa del Ayuntamiento se acogió para apoyar la legalidad del acuerdo.

"En contra de lo que entiende la Dirección Xeral, lo fundamental no es que la selección y formación de los funcionarios de Administración Local con habilitación estatal esté atribuida a la Comunidad Autónoma, ni que el concreto funcionario que ocupe la nueva plaza no sea de nuevo ingreso (...), sino que las plazas que han de ocupar dichos funcionarios corresponden a la Administración Local y pertenecen a la plantilla del Ayuntamiento, que es quien ha de abonar sus retribuciones periódicas a cargo de su presupuesto", recoge.

Los letrados señalan en sus argumentos jurídicos que la modificación de la relación de puestos de trabajo conllevó una "efectiva repercusión en las condiciones de trabajo de los cinco puestos que se crean ex novo al fijar sus retribuciones y la forma de provisión".

Además, el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, apunta que "resulta alejado de la eficacia y eficiencia administrativa incorporar una decisión tan puntual, como es la modificación de dos plazas y la creación de otras tres con la finalidad confesa de garantizar el destino de unos funcionarios tras su cese".

Empezó en noviembre de 2011

La primera propuesta para la modificación de la relación de puestos de trabajo se produjo en noviembre de 2011, si bien fue aprobada finalmente en febrero de 2012. Tanto el secretario municipal como la interventora fueron relegados en marzo de este año.

El 25 de enero de 2012, la entonces concejala delegada de Personal, Amelia González, se dirigió al secretario xeral del pleno para indicarle que la previsión del gobierno local era culminar la organización administrativa municipal y proceder a un cambio de los órganos directivos de la Secretaría e Intervención a fin de que pasase a ser desempeñada por otros habilitados de carácter estatal de categoría superior, tal y como recoge la sentencia, que añadía que lo mismo sucedió con la interventora municipal.

La sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación en el plazo de los tres meses siguientes a su notificación.

Denuncias por otras vías

Por otro lado, la exinterventora municipal, Inma Viña Carregal, también ha denunciado el procedimiento que se llevó a cabo para su cese en la vía administrativa, si bien este trámite administrativo no ha prosperado, según las fuentes consultadas por Europa Press.

En todo caso, con la anulación de la creación de las plazas, estas mismas fuentes entienden que el procedimiento queda invalidado.

Mientras, el exsecretario municipal, Javier Castiñeira, se ha personado en la 'Operación Pokémon', que entre otras cuestiones, investiga si existe relación entre estos ceses y la supuesta trama de corrupción de pago de sobornos a políticos para lograr concesiones públicos.