El Tribunal Superior de Xustiza ha admitido a trámite el recurso presentado por la coalición sindical CESM-Omega contra el decreto de áreas de gestión clínica del Sergas, que introduce un nuevo modelo de organización de los profesionales sanitarios a los que dota de autonomía para gestionar presupuestos y personal y que podrán beneficiarse de un plus económico si ahorran. El Alto Tribunal estudia ahora la petición del sindicato médico de suspender cautelarmente la aplicación de este decreto.

La futura implantación de las áreas de gestión clínica ha suscitado polémica en Galicia puesto que tanto los sindicatos como parte del colectivo médico sospechan que el decreto aprobado por la Xunta abre la puerta a la privatización de la sanidad y temen además que el personal sanitario pueda perder su condición de estatutario.

Aunque el decreto se aprobó en marzo, la creación de estas unidades de gestión clínica es voluntaria y debido a las reticencias existentes entre los profesionales todavía no se ha creado ningún equipo.

CESM-Omega, así como CCOO, decidieron recurrir el decreto y el Tribunal Superior de Xustiza acaba de admitir a trámite el primer recurso.

El Alto Tribunal requerirá a la Consellería de Sanidade que remita la documentación relativa al decreto de áreas de gestión clínica en un plazo de veinte días. Además da un plazo de cinco días a la Xunta para que interponga recurso de reposición contra su decisión de admitir a trámite el recurso. El departamento de Rocío Mosquera prefirió ayer guardar silencio sobre la resolución del TSXG.

Desde el CESM explican que su recurso se apoya en los mismos argumentos usados por el Consello Consultivo para emitir un dictamen negativo en contra de la norma del Sergas. Entre las pegas que ponía este órgano estaba el hecho de que los médicos y enfermeros que integren un área de gestión clínica podrán repartirse el dinero que ahorren en pluses.

En otras comunidades el desarrollo de las áreas de gestión clínica también se ha judicializado. En Castilla y León la justicia dictaminó que el modelo organizativo diseñado por la Junta era ilegal. Y en Asturias el juez anuló que los jefes de las áreas clínicas se designaran a dedo, un sistema de elección que también recoge el decreto gallego.