Más de ocho meses después de imputar por imprudencia a los responsables de seguridad de Adif en el tramo en el que se produjo el siniestro de A Grandeira, donde fallecieron 79 personas, y después de que la Audiencia Provincial de A Coruña tumbase las imputaciones de todos los cargos por considerarlas "prematuras y carentes de base insuficiente", Aláez dictó ayer un auto en el que vuelve a citar en calidad de imputados a responsables del gestor ferroviario, aunque en esta ocasión se ciñe a quienes ocupaban la cúpula de Adif en el momento -años 2010 y 2011, con el Gobierno del PSOE- en que se reformuló y construyó la línea ferroviaria entre Ourense y Santiago.

El magistrado se apoya en las opiniones aportadas por tres peritos de la causa que ya presentaron un dictamen preliminar y la nueva documentación recabada para una "provisional atribución de responsabilidades penales" a determinadas personas de Adif responsables de la seguridad como "potenciales autores de un delito contra la seguridad colectiva" y posibles "participes en los delitos de homicidio y lesiones".

En concreto, el auto de ayer Aláez cita a declarar al expresidente de Adif Antonio González Marín, al exdirector de Seguridad en la Circulación Andrés Cortabitarte -ahora subdirector de Señalización de la empresa- y a nueve vocales que figuraban en el consejo de administración de Adif cuando la línea se remodeló, entre ellos Javier Hurtado, exdirector del gabinete del exministro de Fomento José Blanco. De los imputados, solo siguen siendo vocales del órgano de gobierno de Adif Félix Díaz y Mercedes Rodríguez. En todos los casos, sus nombres figuraban ya en el auto del 23 de septiembre en el que el juez imputaba a 22 cargos de la empresa.

Las citaciones están previstas del 22 al 28 de este mes, aunque para entonces no está claro si Aláez seguirá al frente del juzgado de instrucción número 3 de Santiago. ya que la designación de su relevo, Andrés Lago, solo está pendiente su publicación en el BOE.

Aláez asegura en el auto notificado ayer a las partes que "la instalación de seguridad implantada en la vía para eliminar el peligro que representa la curva de Angrois no es la exigible y adecuada con arreglo a las pautas técnicas consolidadas recogidas en la normativa del sector". "Debió protegerse el paso por A Grandeira con ERTMS" -que supervisa continuamente la velocidad y que sí estaba instalado en el resto de la línea-, sostiene, o al menos "suplir" su ausencia con otra instalación que, "para mantener el correcto nivel de seguridad, exigía una innovación o cambio normativo". Pero, añade, que ni se instaló ERTMS hasta después de la curva ni se suplió su falta por otra medida de seguridad, adoptándose una solución que constituye "una infracción de las normas de seguridad ferroviaria, generando un riesgo intolerable que a la postre se ha traducido en el descarrilamiento de un tren con desastrosas consecuencias".

Incremento de riesgo

Para el juez es clave la decisión tomada en 2010 de modificar el proyecto original y dejar sin ERTMS precisamente el tramo donde está la curva de Angrois, "incrementando el riesgo existente notablemente". Los responsables de Adif, explica, "ordenan ejecutar un novedoso y complejo enlace ferroviario que no tiene las medidas de seguridad suficientes". Ni las de una línea de alta velocidad, porque falta ERTMS al final, ni "siquiera las adecuadas a la especial situación creada al no adoptar los cambios o innovaciones normativas que la seguridad exigía".

Con esta actuación se "incrementó el riesgo de forma muy significativa", asegura, porque al suprimir el ERTMS en Angrois no se dio a la situación una solución "adecuada", sino una "insuficiente" e incluso "ilegal" porque es una medida "específica" de alta velocidad que se aplica a un trayecto que "no dispone de un sistema de explotación propio de las líneas de tales características, el ERTMS o similar, y sin que se supla la deficiencia de modo alguno". El resultado, concluye, es que se "trasladó el control del tren" en la curva "esencialmente al conocimiento que el maquinista debe tener de la línea".

El magistrado, además, cree que en la decisión de cómo se realizó el enlace entre Ourense y Santiago influyeron "presuntamente intereses circunstanciales y superpuestos a la seguridad", en concreto la "pronta apertura de una línea que resultase atractiva al público" reduciendo los tiempos de viaje. Construir la línea en ancho universal ocasionaría demoras y para superar ese obstáculo "no se dudó, presumiblemente, en tolerar el incremento de riesgo que conllevaba el recorte" del ERTMS, señala.

Ante el auto del juez apuntando de nuevo a Adif, la ministra de Fomento, Ana Pastor, señaló ayer en un acto en Pontevedra su "respeto a todas las decisiones judiciales", al tiempo que recalcó que su departamento prestó "colaboración desde el primer minuto con "un solo objetivo: que se sepa toda la verdad de lo que ocurrió y, sobre todo, el respeto a las memoria de las víctimas".

Por su parte, José Blanco, se mostró "seguro" ayer de que los excargos de ADIF imputados "tomaron sus decisiones conforme a la legalidad vigente y a las normas de seguridad". El exministro recordó en todo caso que ya fueron imputado y desimputados una vez.