La titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Lugo, Pilar de Lara Cifuentes, ha levantado parcialmente el secreto de sumario de la 'Operación Pokémon' y lo ha prorrogado por 15 días más en el resto.

Así lo recoge en un auto firmado con fecha 29 de enero, al que tuvo acceso Europa Press, en relación a las diligencias incoadas en 2011 por varios delitos contra la administración pública, falsedad documental y blanqueo de capitales, entre otros.

"Procede alzar el secreto de sumario que pesa sobre las presentes actuaciones, si bien parcialmente, al continuar practicándose diligencias de investigación cuyo conocimiento por las partes podría frustrar el éxito de la instrucción", expone la jueza instructora en el auto.

Además, justifica el levantamiento parcial "al no haberse superado los inconvenientes materiales y técnicos que impiden un levantamiento total, siendo preciso culminar el proceso de digitalización iniciado, por cuanto que la magnitud de la causa, la inexistencia de una sede adecuada para permitir su consulta y la interrelación de gran parte de las actuaciones, algunas de las cuales han de continuar en secreto, hace imposible el permitir a las partes el acceso al proceso de otro modo".

En concreto, la medida de alzamiento del secreto sumarial afecta a seis de 26 tomos en su totalidad, mientras que en otros se levanta en algunos folios.

Por su parte, la jueza instructora indica que se prorroga el secreto del procedimiento "en todo lo que no se ha levantado expresamente por el tiempo de 15 días".

Acceso

La magistrada explica que, por la interrelación entre los diferentes hechos delictivos investigados, "y la necesidad de mantener parcialmente el secreto de algunas de las actuaciones" es por lo que, al menos, hasta que se alce en su totalidad el secreto sumarial, "el acceso de las partes al procedimiento tendrá lugar mediante la facilitación a sus respectivos representantes procesales, de las correspondientes copias en formato digital".

En las copias digitales, según añade, se han incluido otras diligencias correspondientes a los tomos cuyo secreto se ha alzado --fotografías, documental, videos y grabaciones de audio--.

A fin de facilitarles los formatos digitales, el juzgado les indica que las partes "han de comparecer en la secretaría del juzgado, donde se les entregarán tales copias, de cuya seguridad y custodia han de responder". Posteriormente, y a medida que avance la digitalización del procedimiento y se alce el secreto, el juzgado procederá a la grabación en los mismos soportes que se les haya facilitado a cada uno.

En todo caso, la jueza puntualiza en el auto "que no se han digitalizado ni las piezas de situación personal ni las de responsabilidad civil, que pueden ser examinadas personal y directamente por los interesados, lo mismo que los efectos interceptados en cada una de las diligencias de registro".

Con relación a estas ultimas, dado su volumen, la jueza indica que "los interesados en su análisis deberían solicitarlo con antelación, todo ello sin perjuicio de que por este juzgado se procederá también a la digitalización de los documentos hallados en cada una de las diligencias de registro".

En un segundo auto, con fecha 30 de enero, el juzgado indica que en vista del alzamiento parcial del secreto de las actuaciones, las partes que hayan presentado soporte informático de disco duro externo "se encuentra a su disposición debidamente gravado en la oficina judicial".