El pleno del Tribunal Constitucional (TC) confirmó ayer que son nulos e inconstitucionales todos los nombramientos de ediles no electos en los ayuntamientos de las grandes ciudades, por lo que deberán abandonar las corporaciones cuando se publique la sentencia de este asunto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que en Galicia afecta tan solo a sendas concejalas en los ayuntamientos de Vigo y Ourense: las responsables de Educación y Personal, Olga Alonso y Carmen Rodríguez, respectivamente.

Así figura en el auto hecho público ayer por el alto tribunal, en el que acuerda que no ha lugar a la aclaración solicitada por la Abogacía del Estado, que preguntó si quienes ya estaban nombrados en el cargo podía mantenerse en el cargo.

A finales de abril, el Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional que los ayuntamientos de las grandes ciudades puedan nombrar miembros de sus juntas de gobierno local a personas que hayan concurrido en las elecciones municipales.

En la sentencia, el TC consideraba inconstitucional y nulo, tras una reclamación de 2004 de la Generalitat de Cataluña, el artículo de la Ley Reguladora de la Bases de Régimen Local de 1985 que establece que el alcalde podrá nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a personas que no tengan la condición de concejales, "siempre que su número no supere un tercio de sus miembros, excluido el alcalde".

En su petición de aclaración, la Abogacía del Estado preguntó si quienes fueron nombrados miembros no electos de las juntas de gobierno locales antes de esta sentencia podían seguir ejerciendo sus cargos una vez que fuera publicada, "en cuyo caso la nulidad no se extendería a los actos dictados, tras la publicación de la sentencia, por una junta de Gobierno Local no constituida íntegramente por concejales".

El Constitucional señala que los actos que adopte la Junta de Gobierno Local a partir de la publicación de la sentencia y los que se dicten a partir de entonces por delegación de sus miembros "no son, como pretende el Abogado del Estado, situaciones jurídicas preexistentes, sino nuevas situaciones jurídicas sobre las que la declaración de inconstitucionalidad y nulidad despliega todos sus efectos".

Y ello, añade, "tanto en lo relativo a la composición de las juntas de gobierno locales que han de estar formadas, únicamente, por concejales electos, como en lo relativo a la validez de sus acuerdos".

A pesar de este cambio, el Constitucional avala "expresamente" la validez de todos los acuerdos y resoluciones adoptados ya por los equipos de gobierno en los que existían miembros no electos.

El concello de Ourense anunció ayer que "acatará" la sentencia que provocará la salida de Carmen Rodríguez, responsable de Personal, del consistorio. Fuentes del ayuntamiento indicaron que estudiará también "las consecuencias concretas" para la junta de gobierno de esa decisión, informa Europa Press.