Una vivienda que cuente con la categoría más alta de eficiencia energética consume cerca de un 90% menos de energía que una que reciba la peor calificación. Al menos así lo afirma la Asociación de Empresas de Servicios Energéticos y así lo confirman desde las empresas certificadoras, las que se encargarán de poner nota a los inmuebles gallegos que tengan aspiraciones de encontrar un nuevo dueño o arrendatario.

Qué es el certificado

Es un informe que analiza la eficiencia energética de una vivienda. Esta se calcula en función de la energía que necesita consumir en situaciones normales de funcionamiento y equipación. Es decir, cuánto se gasta en iluminación, ventilación o calefacción, por ejemplo, pero solo en teoría, lo que se necesitaría para vivir de forma confortable. Obtener el certificado dará derecho, durante diez años, a usar una etiqueta que clasificará el inmueble desde la letra A -la más eficiente- a la G -la menos-. El grado de eficiencia no excluirá a viviendas del mercado, pero sí podrá condicionar la opinión del comprador o del potencial arrendatario, que puede optar por un hogar que requiera de menos desembolso en energía. A mayor eficiencia, menos gasto en facturas. Los expertos opinan que en el parque inmobiliario gallego, por su antigüedad, predominarán las letras - y G.

Empresas que lo otorgan

Pueden otorgar el certificado de eficiencia energética arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales e ingenieros técnicos industriales, que reciben una formación específica por parte del Gobierno.

Quién debe tenerlo

Los propietarios de inmuebles destinados a la venta o al alquiler que se prolongue más de cuatro meses deberán ponerlo a disposición de los compradores o usuarios de esas viviendas. Quedan exentos de la obligatoriedad de obtener la certificación los monumentos protegidos, los lugares de culto, las construcciones provisionales si su plazo de uso no excede de dos años, los edificios industriales, de defensa o agrícolas, aquellos que tengan una superficie inferior a 50 metros cuadrados y los destinados a ser utilizados menos de cuatro meses al año o cuyo consumo energético previsto sea inferior al 25% de lo que resultaría si se utilizase todo un año.

Desde cuándo

El Real Decreto entró en vigor el 13 de abril y la presentación del certificado será obligatoria, al menos en teoría, desde el 1 de junio para formalizar contratos de compraventa o alquiler.

Coste

Las cifras que ofrece el sector son dispares porque aún no está clarificado. Algunas fuentes hablan de 200 euros y otras elevan la suma a 400 e incluso 600 euros. Eso es lo que cobraría la empresa certificadora. Falta saber también el coste de la inscripción en el registro.

Obligaciones del propietario

Debe presentar el certificado en el registro que se creará en cada comunidad, aunque el dueño de la vivienda se quedará con el documento. Preguntada por este periódico, la Xunta no ha dado detalles sobre este punto. También a la comunidad le compete inspeccionar para ver si la obligación de certificar energéticamente los inmuebles se cumple. El mínimo de las sanciones por no disponer de certificado supera los 3.000 euros.

Recomendaciones

Junto al certificado, el propietario recibirá una serie de "recomendaciones" por parte del certificador para mejorar la eficiencia energética de la vivienda: qué obras se pueden hacer y el coste aproximado que supondrían. Dichas "reformas", señala María Reyes, desde una empresa certificadora en Vilagarcía, "no son obligatorias", pero sí recomendables, ya que pueden permitir ahorros de entre los 1.000 y los 1.500 euros al año en mantenimiento y calefacción. Cambiar la caldera o colocar doble ventana no son grandes inversiones; aislar la fachada requiere más desembolso. Pero, a la larga, subraya, "se amortiza" en la factura energética.