El Ministerio de Medio Ambiente no ha aceptado la enmienda del PPdeG específica a la reforma de la Ley de Costas para rebajar de forma automática la zona de protección en la Illa de Arousa y desbloquear las actuaciones urbanísticas. Pero a cambio, ha permitido modificar una disposición, dotándola de mayor flexibilidad, para que el enclave arousano se pueda acoger con "muchas facilidades" a la "solución general" que autorizará rebajar de 100 a 20 metro la zona de servidumbre. Para acogerse a esta opción se habilitará un plazo de dos años desde la aprobación de la Ley de Costas, que ahora está en tramitación en el Senado.

"No se podrá hacer la solución automática para A Illa pero sí optar por la general", destaca el senador Enrique López Veiga, uno de los impulsores de la enmienda específica. Pese al rechazo, López Veiga no se siente frustrado, entre otras cosas, porque Medio Ambiente permitió introducir "mucha flexibilidad" en la "solución general" de la que se podrá beneficiar a Illa. "Llevaba muchas enmiendas porque ya sabía que alguna que se iba a quedar por el camino", dice.

Lo que proponía, anunciado públicamente el pasado lunes, era aplicar a Illa el mismo tratamiento que recibe Formentera, que en el caso gallego significaba que la zona de protección quedara reducida al área comprendida entre la línea de mar y el perímetro de calles y carreteras que bordea la costa. Era una especie de "indulto" automático. De no ser así y debido a la morfología de la isla, muy estrecha, casi toda ella permanece afectada por la zona de servidumbre -100 metros desde la costa- y bloqueaba casi cualquier desarrollo urbano.

Sin embargo, según cuenta el propio senador, el Ministerio de Medio Ambiente no aceptó este tratamiento singular porque eso daría pie a reclamaciones similares de otras islas, especialmente en el caso de Canarias. Pero a cambio, el Gobierno abrió la mano para regular situaciones como la de A Illa, ampliando las posibilidades para adquirir la calificación de suelo urbano y lograr, en consecuencia, que la franja de protección baje de los 100 a los 20 metros.

En esa modificación de la disposición transitoria primera se podrá solicitar la calificación de suelo urbano cuando un núcleo cuente con abastecimiento de agua, acceso rodado, alcantarillado y energía eléctrica o que al menos un tercio de su superficie esté ocupada con edificaciones. Antes se tenían que reunir ambos requisitos y ahora, en el cambio aceptado por Medio Ambiente, basta con que solo se cumpla uno.

La enmienda gallega que sí aceptó sin problemas es la de indultar la parte del núcleo urbano de Moaña, con unas 200 viviendas, que había quedado dentro del dominio marítimo.