Contratación a dedo de 104 personas, sin informes y en 8 decretos firmados de "su puño y letra". Estos son uno de los pilares que sustentan la acusación del fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Ourense, Florentino Delgado, contra el ex presidente de la Diputación, José Luis Baltar, al que imputa en el escrito de la querella a la que tuvo acceso FARO, un delito de prevaricación continuada.

Recalca en la querella que se trata de contratos temporales, y las personas "fueron elegidas por el propio presidente de la Diputación sin sometimiento a los mínimos principios que rigen la contratación pública", además de asegurar que "el único criterio de contratación un mero acto arbitrario de designación de los contratos por el propio José Luis Baltar".

Las mencionadas contrataciones, documentadas en los decretos firmados por Baltar, se realizaron "con ausencia de procedimiento de contratación en los términos que exige el ordenamiento jurídico, prescindiendo en cualquier caso, de todo principio constitucional que inspira dicha contratación pública sustentado en la igualdad, mérito, capacidad y publicidad, en concreto, con desprecio absoluto por la Ley 7/1995 de 2 de abril reguladora del régimen de las Bases del Régimen Local", remacha el fiscal jefe.

La querella también sostiene que "dichas contrataciones vulneraban además frontalmente la ley de Presupuestos del Estado 26/2009, en concreto, su artículo 93 que prohíbe la contratación de personal temporal o funcionarios interinos para todas las Administraciones Públicas salvo casos excepcionales para casos urgentes e inaplazables", y añade que "sin que en ninguna de las contrataciones citadas apareciese ni constatada, ni tan siquiera expresada la excepcionalidad para la necesidad urgente".

El ministerio público asegura que los decretos de contratación "se realizaron con absoluta y consciente omisión de los más elementales principios que rigen la contratación pública, en los que la publicidad es sin duda piedra angular". De esa forma, tanto los puestos de trabajo que habían de ser cubiertos como las personas destinadas para cubrirlos "con la apariencia de contratación temporal, fueron decisiones del querellado que conocía la absoluta ausencia de procedimiento de contratación y que quería de manera directa que fuesen esas personas, y no otras, las que ocuparan los puestos", por lo que "hizo pasar por inaplazables y necesarias las contrataciones bajo su propia consideración" y que se constatan en los decretos.

El fiscal sostiene que "en ninguno de los casos de las 104 contrataciones existió previa convocatoria u oferta en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) o en el tablón de edictos, o de cualquier otro modo o manera que evidenciara la publicidad de las ofertas de contratación", de lo que colige una "omisión consciente" con el único objetivo de realizar contrataciones discrecionales. Además, revela que Baltar "nunca solicitó informe alguno, ni tan siquiera de manera verbal, existiendo únicamente sobre el particular dos informes, uno de la Intervención y otro de la Secretaria de la Diputación, posteriores a los propios decretos que firmó para las contratación de esas personas".

Esta "ilícita contratación" se desarrolló "sin control o inspección, contribuyendo la omisión y silencio de la comisión de control y seguimiento de la selección de personal temporal que creó la propia Ordenanza provincial".