El Tribunal Supremo (TS) desestimó el recurso presentado por el PSOE contra el archivo de la causa contra el conselleiro de Medio Ambiente, Agustín Hernández, por presunta falsedad documental en la certificación de las obras de la variante de Lira (Salvaterra de Miño). De esta manera se confirma la resolución dictada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que el pasado mes de abril ya había decidido sobreseer la querella, puesto que si bien había detectado irregularidades, aclaraba que no había hallado indicio alguno de delito en la actuación del conselleiro. Según la Consellería de Medio Ambiente, esto supone "dar carpetazo final" a la denuncia presentada por los socialistas.

Agustín Hernández fue imputado, junto a otros tres funcionarios, tras una querella del PSOE acusándolo de un delito de falsedad documental en la construcción de la variante de Lira cuando aún trabajaba para la Diputación de Pontevedra antes de convertirse en conselleiro. La finalización de esta obra fue certificada cuando solo estaba ejecutada en un 20 por ciento. La explicación que dieron los tres imputados es que se hizo así porque la Confederación Hidrográfica Miño-Sil se había demorado en la concesión de una licencia para talar unos árboles y que era una práctica habitual para evitar la pérdida de unas subvenciones europeas. Las razones convencieron al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que sobreseyó la causa al no encontrar ningún indicio de delito, aunque reconoció que se habían cometido "algunas irregularidades administrativas".

La resolución del TSXG no satisfizo al PSOE que decidió recurrir al Supremo. El Ministerio Fiscal del TS consideró, de hecho, que el auto del tribunal gallego fue un "error jurídico" y aseguró que Agustín Hernández "sin duda alguna" cometió un delito de falsedad documental. Sin embargo, a pesar de ello, ya advertía que el recurso presentado por los socialistas tenía pocos visos de salir adelante por "razones jurídicas" puesto que en el curso del procedimiento no se procesó a persona alguna. Aún así, el fiscal decidió pedir al Supremo que "decidiese sobre el fondo de la cuestión".

La decisión del TS, sin embargo, no varía la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza. Según argumenta el Supremo en su auto, la decisión del TSXG no admite recurso de casación y condena a los querellantes, es decir al PSOE, al pago de las costas procesales.

El TS advierte que la resolución del tribunal gallego "no es recurrible en casación". El Supremo se apoya en "numerosos precedentes jurisdiccionales" para aclarar que el recurso "es un medio de impugnación de carácter extraordinario" y que en este caso no está justificado. Por esta razón, en su auto el Alto Tribunal no entra ya a valorar si la actuación del ahora conselleiro en la certificación de las obras de Lira entra dentro de la legalidad o incurre en delito y se limita a confirmar la sentencia del TSXG.

La Consellería de Medio Ambiente considera que de esta manera se da por zanjada definitivamente la querella contra el conselleiro y recuerdan que el TSXG había destacado que la actuación de Hernández y de los otros dos funcionarios de la Diputación de Pontevedra permitió que la obra "no se frustrara" sino que "fuera realizada con el indudable beneficio que ello entraña para la comunnidad".