SELINA OTERO - VIGO
La liberalización del sector comercial dictada desde Bruselas y la regulación de las grandes superficies por parte de las comunidades pueden toparse con puntos de fricción. El Ministerio de Industria está analizando la legislación autonómica y observa que las tasas que cobran algunas comunidades por la instalación de nuevas superficies comerciales contravienen la directiva europea e imponen "criterios discriminatorios".
Galicia mantiene en la nueva normativa gallega de comercio una tasa de 3,69 euros por metro cuadrado de superficie útil para exposición y venta al público. Este pago es uno de los requisitos que la Administración gallega establece para otorgar una "autorización comercial autonómica para la instalación, ampliación y el traslado de establecimientos comerciales". La nueva ley gallega de comercio ha incluido el pago de una tasa que ya se contemplaba en la ley 6/2003 de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, pasando de 3,25 euros por metro cuadrado a 3,69. Ahora este canon forma parte de la nueva legislación comercial. En Baleares, otra comunidad que mantiene el pago de una tasa similar, la cantidad se eleva a 17,64 euros por metro cuadrado.
No se trata de un impuesto, sino de una tasa por servicios para la obtención de una licencia de apertura, ampliación o traslado. ¿Supone este abono una restricción de la libertad de establecimiento que dicta Europa? ¿Es desproporcionada si se tiene en cuenta el coste que supone para la Administración otorgar una licencia? Para el sector que gestiona las grandes áreas comerciales, "la tasa no se ajusta al coste del servicio". "Creemos que es discriminatoria porque un establecimiento más grande que otro tiene que pagar mucho más (por metro cuadrado) para obtener una licencia, cuando el servicio que te presta la Administración es el mismo. Además, es discriminatorio si sólo se aplica a las grandes superficies", argumentan fuentes del sector.