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El concello de Vigo halla diez "vulneraciones" más de normas estatales en la ley de cajas

Los servicios jurídicos municipales alertan de la desaparición de la cuota de las entidades fundadoras en las Asambleas y la falta de proporcionalidad en los miembros municipales

 06:30  
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JULIO PÉREZ - VIGO A los diez requisitos contemplados en la reciente nueva ley gallega de cajas de ahorros que el Gobierno central recurrirá ante el Constitucional con el apoyo unánime del Consejo de Estado, el concello de Vigo añade otras diez "vulneraciones" más de normativas estatales como la propia Constitución o el reglamento de las Bases de Régimen Local. Los servicios jurídicos municipales lo tienen todo preparado para la presentación también de un recurso, en este caso contra la convocatoria que, teóricamente, debería recibir el ayuntamiento para iniciar la renovación de sus representantes en Caixanova. No será necesario. De momento. La decisión de Moncloa, una vez que se publique en el BOE, implica la suspensión de la reforma y deja sin efecto temporalmente todos los cambios. Pero el análisis jurídico encargado por el alcalde va más allá y no dudará en utilizarlo para ir a los tribunales más adelante si ante una posible corrección de la ley no se liman también los otros aspectos que considera "un ataque directo" a la ciudad y que, según el informe, podrían acabar con la presencia de las entidades fundadoras –el concello es una de ellas en Caixanova– y con un recorte brusco de sus miembros en calidad de corporación municipal.

Una representación mínima garantizada. El informe jurídico del concello de Vigo reconoce que la Ley de Órganos de Representación de las Cajas de Ahorros (Lorca) no establece un porcentaje concreto para los fundadores de las entidades, pero sí exige que la representación de los intereses colectivos en la Asamblea se garantice con "al menos" su presencia. La relevancia de su papel se completa con el requisito del Constitucional de que exista "un equilibrio razonable" entre todos los sectores que integran los órganos de gobierno. Pero la nueva normativa gallega contempla expresamente que la cuota de las entidades fundadoras será de "hasta un 10" de la Asamblea y "en la proporción que figure en los estatutos de cada caja", con la posibilidad de que si no existen entidades fundadoras, como ocurre en Caixa Galicia, "o no alcancen el 10%", sus representantes se reparten entre el Parlamento y las corporaciones locales. "Nos está diciendo que podemos perderlo todo como entidades fundadoras", alerta Caballero.

Designación de los representantes municipales. Tras la reforma, los consejeros de las corporaciones municipales salen de los plenos por votación mayoritaria "en la proporción que resulte de la composición de ésta" y por absoluta si sólo hay un miembro para designar. Los juristas municipales sostienen que la fórmula infringe la Ley de Bases de Régimen Local, "que atribuye al alcalde la representación del ayuntamiento", e "impone un régimen de mayoría absoluta" que se "aparta" de la legalidad.

Independencia de las entidades. El nombramiento y el cese del director general pasa por una comunicación previa a la Consellería de Facenda y, además, cualquier movimiento de un alto cargo tiene que estar inscrito en el Registro de Altos Cargos, ahora con carácter constitutivo. "Pone de manifiesto –apunta el informe– que la Administración autonómica se ha dotado de un cierto derecho de veto, al menos temporal". Los juristas recuerdan que la legislación estatal "ha eliminado toda intervención de los poderes públicos" en la designación del director para garantizar la independencia de las entidades. La misma situación se repite con la autorización de las fusiones y la ampliación de supuestos de inversiones, concentración de riesgos o concesión de préstamos que requiere de autorización previa de la Xunta. Todas infracciones, según el estudio del concello, del principio de independencia de las cajas amparado por la Lorca y el Constitucional.

?Decisiones arbitrarias. Por mandato constitucional, los poderes públicos tienen prohibido actuar por capricho. En lenguaje jurídico, la interdicción de la arbitrariedad. Un precepto que, según los juristas municipales, no se cumple en el momento en que la reforma obliga a realizar la renovación de "la totalidad" de los órganos de gobierno "contra los estatutos en vigor" –los cambios en Asamblea y Consejos son anteriores a los estatutos, algo inédito en todas las normativas autonómicas del sector– y acabando con el mandato de los actuales representantes sin que exista ninguna de las causas que se exigen para la revocación en la Lorca. "Esta previsión de la nueva ley constituye una gravísima injerencia política en el gobierno ordinario de las cajas", concluyen.

Proporcionalidad. El mismo incumplimiento que señala Moncloa con las entidades de interés colectivo, que en su elección no se tiene en cuenta el principio de territorialidad en función de los depósitos donde opere la caja, el concello de Vigo lo recoge para el tercio de representantes en las corporaciones municipales que se elegirán por sorteo y que se restarán a los ayuntamientos con derecho a presencia.

Cuotas participativas. La autorización de emisiones de cuotas participativas que se reserva Facenda es "inconstitucional", según el estudio.

Los 10 requisitos denunciados por el Gobierno. Los servicios jurídicos del ayuntamiento vigués unen los diez preceptos recurridos por el Ejecutivo central. La capacidad para adoptar medidas estatales en caso de déficit patrimonial, el carácter constitutivo del registro de altos cargos, la falta de proporcionalidad en las entidades de interés colectivo, la imposibilidad de designar miembros del Consejo profesionales que no estén en la Asamblea y tener más de un representante en él, la reducción de la mayoría necesaria para aprobar la fusión y el control de los presupuestos de la Obra Social y las partidas de 500.000 euros. "Es un informe contundente –asegura Caballero– que demuestra lo que pensamos, y en línea con algunas declaraciones que ya hay por ahí, que los cambios se han hecho para que nadie les desobedezca".

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