REDACCIÓN - SANTIAGO
Al menos cinco puntos de dudosa legalidad. Un grupo de más de 60 jueces, abogados, catedráticos de derecho y fiscales de Galicia alertan de que las bases para el decreto del plurilingüismo de la Xunta contienen “debilidades jurídicas”, al entrar en conflicto con normas de mayor rango en cinco de sus puntos principales.
Para estos profesionales, la propuesta de la Xunta “muestra un preocupante desconocimiento del marco constitucional y estatutario que rige el uso de las lenguas oficiales”.
El juez Luis Villares, la profesora universitaria Alba Nogueira y el abogado Héctor Lopez aclararon ayer que el informe se centra en el contenido del texto. Según los portavoces, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional señala que es necesario establecer mecanismos de discriminación positiva hacia la lengua propia de la comunidad para corregir la situación de desigualdad de la que parten ambos idiomas antes de la entrada del gallego, el euskera y el catalán en el sistema educativo.
Discriminación positiva. Se conoce en lenguaje jurídico como “derecho desigual igualitario”. Las bases del decreto entrarían en conflicto con esta jurisprudencia al establecer un número de horas de docencia equitativo entre gallego y español ya que, para garantizar la competencia del alumnado en ambas lenguas, se necesitaría un mayor número de horas lectivas en el idioma minoritario. “En situación de desigualdad se necesitan ventajas para la parte históricamente discriminada”, explicaron. “No se va a la escuela a escoger, sino que es la escuela la que prepara para que el alumno escoja una vez que salga de ella. Por eso los estudiantes no pueden elegir la lengua en la que se escolarizan”, sostuvo Villares.
LOE. Las bases del decreto entran en conflicto con la Ley Orgánica de Educación (LOE) en su enfoque de la enseñanza del inglés: “el tratamiento de las lenguas oficiales y las extranjeras no puede ser equiparado de forma generalizada y obligatoria en el ámbito educativo”.
Europa. El borrador incumple, además, los postulados de la Carta Europea de las Lenguas Minoritarias, una norma a la que el Estado se adhirió voluntariamente en 2001 y que exige, como medida de protección, la presencia de la lengua minoritaria en todas las etapas del sistema educativo: objetivo que chocaría con la opción de elegir el idioma en infantil (etapa de 3 a 6 años).
Idioma por defecto. El ordenamiento jurídico gallego señala que la lengua por defecto de la Administración es la gallega. Con el decreto, un profesor no tendría la libertad de escoger el idioma en que realizará su tarea.
¿Libertad de elección? “Los derechos fundamentales”, como es la educación, “no se puede someter a votación”. “No existe un derecho a la elección lingüística como tampoco es competencia de los padres escoger si el alumno estudia matemáticas o física”, añaden los juristas.