La Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) ha acordado la suspensión de la realización de un reportaje fotográfico completo en el Pazo de Meirás, situado en el municipio coruñés de Sada. Eso sí, mantienen la petición de la Xunta de realizar una vista para comprobar el estado del edificio y su entorno. De esta manera, este Tribunal en su fallo estima de manera parcial el recurso de casación presentado por Carmen Franco Polo, propietaria del inmueble, al suspender la realización del citado reportaje.

No obstante, se mantiene la denegación de la suspensión de la petición de comprobar el estado del edificio y su entorno, a los efectos de constatar su nivel de conservación. El Supremos considera que "tiene razón de defensa" de la Xunta porque la argumentación del representante de Carmen Polo "se muestra huérfana de especificar norma alguna reguladora de la medida cautelar quebrantada". De éste añade que "tampoco invoca la vulneración de norma que rijan las garantías procesales".

Así, la argumentación del fallo puntualiza, por otra parte, que "el domicilio inviolable de un espacio en el cual el individuo vive sin estar sujeto a los usos y convenciones sociales ejerce su libertad más intima. Precisa que "cuando la autorización de ingreso es negada por el titular debe obtenerse una nueva resolución judicial que autorice la entrada y las actividades que una vez dentro del domicilio puedan ser realizadas".

CONCRETAR EL CONTENIDO

El supremo recalca también que "el interés general no puede autorizar acciones que no respeten los derechos fundamentales". Señala, además, que "se hacía necesario delimitar cuáles eran las partes del edificio respecto de las que era necesario realizar la constatación fotográfica tras la comprobación de su estado a efectos de conservación del inmueble".

Con todo, el Supremo destaca la "necesidad de delimitar por vía judicial, el contenido temporal de la autorización de entrada, duración de la medida y tiempo en que puede practicarse".

El pasado mes de septiembre el Tribunal Superior de Justicia de Galicia había desestimado el recurso de súplica presentado por Carmen Franco Polo contra el auto que previamente rechazó establecer mediadas cautelares y suspender la declaración como Bien de Interés Cultural del Pazo de Meirás.