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Educación

Educación sostiene que la retirada de los conciertos no tenía "sustento legal"

«Queda demostrado que el anuncio del anterior Gobierno era puramente demagógico y electoralista», señalan desde la consellería.

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EFE
La Consellería de Educación ha subrayado hoy en un comunicado que "la aprobación de los conciertos educativos para los próximos cuatro años, incluidos aquellos colegios de educación diferenciada, responde únicamente a los criterios marcados por la Ley". El departamento de la Xunta respondió así a las críticas recibidas por mantener conciertos con colegios privados que separan a los estudiantes por género y subrayó en su escrito que la retirada de estos acuerdos decidida por el anterior Ejecutivo (PSdeG-BNG) no tenía "sustento legal".

Tras explicar que la decisión se adoptó "respaldada por el informe de la Asesoría Jurídica de la Xunta", la Consellería se remite al artículo 43 del RD 2377/1985, que estipula que "los conciertos deben renovarse siempre que el centro siga cumpliendo los requisitos que determinaron su aprobación y no se incurriese en las causas de no regulación previstas por la Ley Orgánica de Educación". Por ello, se pregunta por qué "los responsables del anterior Gobierno no abrieron ningún expediente ni investigación en cuatro años, si consideraban que estos centros incumplían la legislación relativa a la admisión de alumnos" y señala que "incluso las actas de comisiones, aún bajo el Gobierno bipartito, propusieran la renovación".

Educación sostiene, además, que el reglamento de conciertos educativos expone que debe existir una ponderación previa, "no pudiendo considerar automáticamente como no preferente a un centro sólo por el hecho de no ser mixto". Para el Departamento de la Xunta, ésta se limita ahora a cumplir la Ley y "queda demostrado que el anuncio del anterior Gobierno de no renovar estos conciertos era puramente demagógico y electoralista".

La Consellería recuerda en su comunicado "un reciente dictamen del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que suspendió cautelarmente la retirada del concierto a un colegio de educación diferenciada alegando discriminación por sexo", basado en sentencias del Tribunal Supremo, "que afirma que los sistemas de Educación diferenciada no son discriminatorios y reafirma su carácter neutral".

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