Un año después de la entrada en vigor de la Renta de emancipación, de las ayudas del Ministerio de Vivienda a los jóvenes para el alquiler, los trámites administrativos para hacerse con los 210 euros siguen siendo un calvario para miles de gallegos. Miles de casos que tienen concedida la subvención, pero que todavía no cobran; miles de casos también en los que el solicitante espera todavía la resolución de su expediente. El retraso ha llevado a una treintena de demandantes a presentar una denuncia ante el Defensor del Pueblo, que ante el incremento de quejas desde la comunidad y desde el resto de España -casi 200- está investigando la gestión de las ayudas. “La Institución -apunta- ha apreciado una serie de disfunciones, como demoras en la tramitación y en el pago de las ayudas, que abortan un buen número de emancipaciones, ya que sin las cantidades a que se tiene derecho la emancipación no es factible”.

De las más de 228.400 solicitudes presentadas en España para las ayudas al arrendamiento hasta el pasado 31 de marzo, 19.704 son de jóvenes gallegos, según los últimos datos que maneja el Ministerio de Vivienda, tutor del plan, aunque de los procesos administrativos -desde la recepción de las peticiones hasta su valoración- se encargan las autonomías. Casi un 90% están ya resueltas: 4.680 con un dictamen negativo y 11.298 cumplen con todos los requisitos establecidos, como estar por debajo de los 30 años, con ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales y llevar al menos seis meses trabajando.

Pero no todos los que tienen una resolución favorable están cobrando. 3.018 están a la espera. Hay 8.379 solicitudes para las que el departamento dirigido por Beatriz Corredor ya ha verificado el pago del alquiler -un requisito imprescindible- y prácticamente todas, 8.280, reciben ya el dinero. Un 56,4% son mujeres y un 43,6%, hombres. “El Ministerio de Vivienda -explican desde el Gobierno central- mantiene unos complejos y necesarios mecanismos para efectuar los pagos de la Renta Básica de Emancipación así como los exhaustivos controles para garantizar que quien la recibe es quien tiene derecho a hacerlo”. En esos “complejos” procedimientos participan, además del propio ministerio y la Xunta, las cajas de ahorros y bancos, la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

A falta de conocer los detalles que el Defensor del Pueblo presentará próximamente, durante la presentación de su informe de 2008, sólo 8 de las 30 denuncias de jóvenes gallegos por los retrasos en la tramitación y el cobro de los 210 euros no han sido admitidas. Otras cuatro están pendientes de más información.

¿Cuáles son las principales conclusiones de las investigaciones del equipo de Enrique Múgica? Lo primero que el Defensor del Pueblo destaca es el hecho de que mientras que las comunidades tienen establecido un plazo para la instrucción y resolución de las solicitudes, el pago de las ayudas, que es competencia del Ministerio de Vivienda, no tiene límite de fechas. “Por otra parte -continúa el organismo- cuando procede el reintegro de cantidades el beneficiario ha de pagar intereses de demora, por lo que el Defensor del Pueblo considera que debería figurar también el derecho de los beneficiarios a esos mismos intereses cuando la Administración no le paga dentro de los tres meses siguientes, además de posibles indemnizaciones por perjuicios”. Sobre el polémico asunto de los plazos, una observación más. A falta de uno concreto en la normativa que marque cuándo hay que dictar la resolución provisional, el Defensor del Pueblo entiende que se debe aplicar “el supletorio general de tres meses” y que en todo caso, la resolución definitiva no debería retrasarse más de dos.

“En suma -concluye en su primer análisis el organismo-, y aunque las investigaciones prosiguen pues siguen llegando muchas quejas, la Institución opina que el Ministerio debe regular con mayor precisión y detalle el trámite del pago de la Renta Básica de Emancipación, una vez que ha dictado resolución favorable, de la que se pueda deducir un plazo para que el pago se realice”. Lo que, según el Defensor del Pueblo, tiene que estar acompañado de información para el solicitante sobre las consecuencias del retraso en el pago y de la tramitación para reclamar posibles intereses o indemnizaciones. El informe sostiene que si no se ponen en práctica estas medidas “se frustraría la finalidad de la subvención”, la de facilitar el acceso de los jóvenes a una vivienda digna en régimen de alquiler para contribuir a una “temprana emancipación” y “mayor movilidad laboral”.

Durante el primer trimestre del año, los beneficiarios de las ayudas se incrementaron un 57,24%, según el Ministerio de Vivienda. En toda España hay ya 99.323 jóvenes que están cobrando las ayudas con un importe de 182,3 millones de euros. La mayoría, 176,7 millones, corresponden al pago de mensualidades y aval y otros 5,6 millones para pagos de préstamos de fianza.