El decreto que permitirá a partir del año 2025 recuperar, sin limitaciones, las aportaciones realizadas durante al menos 10 años a los planes de pensiones, así como los rendimientos generados, plantea importantes modificaciones en la agenda de las prestaciones tras su aprobación el viernes en Consejo de Ministros. Estos son sus puntos clave.

¿Qué son los planes de pensiones?

Se trata de un producto de ahorro concebido para complementar la pensión pública una vez se alcance la edad de jubilación. Por eso, las aportaciones realizadas solo se pueden retirar cuando llegase la edad del retiro. Se puede rescatar el dinero en caso de una situación de desempleo de larga duración o de una enfermedad grave y, en el caso de los autónomos, cese de actividad. No obstante, se precisa haber agotado previamente todos los subsidios. El Gobierno trata de incentivar estos productos ante lo problemática coyuntura en las pensiones públicas.¿Cuándo se podrá retirar el dinero?

Los últimos cambios permitirán que, a partir de 2025, el dinero ingresado diez años antes se pueda retirar de ese fondo. Así, ese año se podrá disponer de lo aportado en 2015. Al año siguiente, lo ingresado en 2016, y así sucesivamente. Pero también, y desde 2025, quedará libre de disposición todo lo aportado hasta el 31 de diciembre de 2014, una cantidad que, según el Banco de España, sobrepasa, entre todos los españoles, los 160.000 millones de euros.

¿Qué implicaciones fiscales tiene?

Cuando hace aportaciones a los planes de pensiones, estos ingresos no tributan en la declaración de la renta, ya que, por el contrario, suponen desgravaciones. No obstante, cuando se retira el dinero, esta recuperación si tiene efectos fiscales, ya que tributa en las rentas del trabajo del IRPF. Por lo tanto, si se busca disponer de nuevo del dinero, es importante saber que la retirada - parcial o completa - afectará a la declaración de la renta, por lo que se recomienda acceder a los fondos de forma periódica.

¿Cómo cambian las comisiones?

La rebaja de las comisiones máximas de gestión dependerá de la política de inversión del fondo. De esta manera, se aplicará un máximo del 0,85% para fondos de renta fija, lo que supone una disminución de 65 puntos básicos frente al límite actual; un tope del 1,3% para fondos mixtos, 20 puntos básicos menos, y del 1,5% para fondos de renta variable, el mismo límite que se utiliza actualmente. Con los nuevos porcentajes, la comisión media calculada según la distribución del patrimonio entre los diferentes tipos de fondos baja del 1,5% al 1,25%, a la vez que se reduce la comisión máxima de depósito del 0,25% al 0,2%.