El Ministerio de Hacienda ha puesto en marcha la publicación de la lista de morosos, y así acabar con aquellos contribuyentes considerados morosos profesionales. De esta manera, se busca saldar las deudas, mediante el reproche social - los datos incluidos podrán permanecer en fichero durante 6 años-, y el deterioro de la imagen, especialmente en empresas que se niegan a cumplir con sus obligaciones fiscales.

En esta situación se encuentran unas 4.000 empresas y 1.000 particulares cuyo nombre, NIF y razón y denominación social aparecerá en la lista de morosos que publicará Hacienda a mediados de diciembre, aunque podrán desaparecer de la citada lista de una manera muy sencilla: pagando al fisco los más de un millón de euros que le deben. Incluso aún están a tiempo de evitar ser incluidos en ella si convencen a la Agencia Tributaria de las alegaciones que podrán presentar.

De hecho, los 5.000 morosos 'oficiales' que ha detectado Hacienda ya han contado con una oportunidad para no aparecer en la lista, ya que la Agencia Tributaria estableció un plazo hasta el pasado 31 de julio para saldar las deudas fiscales y desaparecer de la lista. Pero si por cualquier motivo, aún no han satisfecho sus deudas tributarias, todavía tienen una última oportunidad para desaparecer de la misma.

¿Cuándo sabré si estoy lista?

A partir del 20 de octubre, las empresas (el 80% de los morosos de la lista) deberán estar muy pendientes del correo electrónico porque Hacienda les remitirá en la dirección electrónica que hayan aportado la comunicación pertinente avisándoles de que aparecerán en la lista de morosos y diez días después de haber enviado el correo, dará por realizada dicha comunicación.

El otro 20% restante será notificado por un agente de Hacienda y, en este caso, basta con acreditar haber realizado un intento de notificación de la comunicación para continuar con dicho procedimiento.

¿Qué útima oportunidad tengo para no aparecer?

Una vez recibida la comunicación, Hacienda estable de plazo hasta aproximadamente el 20 de noviembre, unos 10 días, para presentar alegaciones y esta es precisamente la última oportunidad que tendrán los morosos para evitar aparecer en la lista. Si la Agencia Tributaria las admite, sin que sea necesario que las tenga que contestar expresamente, el contribuyente en cuestión no aparecerá en la lista, de lo contrario, se mantendrá en el listado como estaba previsto.

En este punto, aquellas empresas o ciudadanos que no convenzan con sus alegaciones o ni siquiera las presenten, ya no podrán evitar no salir en la lista, y sus nombres y el de sus empresas aparecerán publicados en la web de la Agencia Tributaria entre la segunda y tercera semana de diciembre. Donde no aparecerá el listado será en los motores de búsqueda de Internet, como Google, ya que la ley ha prohibido expresamente que se puedan realizar búsquedas a través de estos instrumentos.

¿Que hacer para no salir más en la lista?

Pero tras su publicación, que dejará de ser accesible una vez transcurridos tres meses desde que se haga pública, cualquier moroso que quiera desaparecer de la misma, basta con que salde su deuda para no figurar más en ella y, por tanto, no aparecer en cada nuevo listado que se irá publicando en el primer semestre de cada año natural con los contribuyentes que deban más de un millón de euros a 31 de diciembre del año previo.

¿Figurarán políticos o empresarios conocidos?

El Gobierno ha dejado claro que en la lista aparecerán todos los contribuyentes que se encuentren en esta circunstancia, con independencia de que sean personas conocidas como políticos o empresarios, y ello a pesar de que el listado se hará público justo en plena campaña de las elecciones generales, que se celebrarán el 20 de diciembre.

¿Quiénes no aparecerán en ella en ningún caso?

A pesar de algunas peticiones realizadas por el colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda y por partidos como el PSOE, los que no aparecerán serán los contribuyentes que se acogieron a la 'amnistía fiscal' ni los que aparecieron en la 'Lista Falciani', puesto que ya no se consideran morosos por haber regularizado sus deudas con el fisco.

Tampoco figurarán ni las empresas ni las personas físicas que por atravesar dificultades económicas han solicitado un aplazamiento del pago de sus deudas o aquellos pagos pendientes de cobro que se encuentren suspendidos en los tribunales de justicia por litigios con la administración tributaria, una cifra que supera los 50.000 millones de euros.

¿Y qué pasa con los defraudadores?

En esta lista no aparecerán los que hayan cometido delito fiscal o tengan alguna inspección fiscal abierta, pero sí está previsto que Hacienda publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las sentencias firmes por delitos contra la Hacienda Pública, de insolvencia punible y delitos de contrabando en los casos en que resulte perjudicado el erario público.

La publicación de las sentencias no será completa, de manera que se respetarán los derechos fundamentales al honor y a la intimidad, así como a la protección de datos de carácter personal. Tampoco aparecerán los datos de otras personas que, aunque hubieran podido participar en el proceso, no hayan sido condenadas en el mismo.