La directiva europea que obliga a instalar repartidores de costes de calefacción en las comunidades de vecinos con calefacción central antes de 2017 todavía no afecta a España, tal y como aclaran desde CONAIF, la Confederación Nacional de Asociaciones de Empresas de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Protección contra Incendios, Electricidad y Afines.

La patronal que agrupa a la mayoría de las empresas instaladoras españolas de calefacción manifiesta en un comunicado que "no es cierto, como se puede leer en noticias publicadas recientemente en prensa, que los hogares con calefacción central tendrán que instalar un contador de consumo o un repartidor de costes antes de 2017. Sólo lo harán aquellos hogares que libremente - y sin obligación hasta el momento - decidan voluntariamente individualizar el consumo.

La transposición de la Directiva Europea de Eficiencia Energética 2012/27/UE al ordenamiento jurídico español se ha realizado de forma parcial, a medias, tal y como señalan desde Conaif. Todo lo relativo a los contadores individuales de consumo y repartidores de costes de calefacción ha sido aplazado por la falta de gobierno en España, que debería actuar en la materia.

Aunque la directiva establece el 31 de diciembre de 2016 como fecha límite para instalar los repartidores de costes en edificios existentes dotados de calefacción central, lo cierto es que esta obligación no podrá ser tal hasta que España culmine la transposición de la parte que aún está pendiente. "Es posible que esa transposición contenga excepciones por rentabilidad o por zonas climáticas", aseguran desde Conaif.

Sin embargo, la patronal del sector cree en la conveniencia de instalar sistemas de individualización de consumos y válvulas termostáticas en los hogares españoles con calefacción central. "Aunque hoy por hoy no sea obligatorio instalarlos, Conaif aconseja a su colectivo que lo haga por ser una medida que favorece el ahorro de energía y representa una clara oportunidad de negocio".

Por último, Conaif defiende la instalación de estos dispositivos y válvulas termostáticas por parte de instaladores RITE habilitados, los únicos capacitados para realizar estas operaciones, que quedan amparadas bajo la cobertura del seguro de responsabilidad civil que los instaladores están obligados a suscribir. "El carné de instalaciones térmicas de edificios (RITE), expedido por las comunidades autónomas, es la única garantía de buen hacer profesional reconocida oficialmente en España, el instalador no requiere de ninguna otra homologación ni autorización de tipo particular para desempeñar adecuadamente su trabajo".