EFE
La recusación de Rodríguez Zapata se basaba en el hecho de que este magistrado elaboró un estudio sobre temas relacionados con el Estatuto de Cataluña, titulado "Evolución de la aplicación de los principios contenidos en la Carta Europea de Autonomía Local por la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo".
El estudio fue encargado por una fundación privada antes del inicio del proceso de reforma del Estatuto catalán.
En un auto, el pleno del TC rechaza la recusación al considerar que el "trabajo jurídico" del magistrado "no puede constituir el soporte de una sospecha fundada de parcialidad" ya que "su alcance no es otro que intervenir en un análisis racional de la Carta Europea y Autonomía Local (CEAL) en la jurisprudencia Ordinaria y en la de este Tribunal".
Para el TC el estudio de Rodríguez Zapata "es un trabajo doctrinal y científico" que se centra en recoger "de forma descriptiva y sistemática" la repercusión que ha tenido la CEAL en "la jurisprudencia del Tribunal Supremo" y en la de este tribunal.
El auto del pleno asegura que el trabajo elaborado por el magistrado recusado por el gobierno de la Generalitat "se limita a establecer principios generales relativos, entre otros, a la competencia y recursos financieros de los entes locales".
"Por consiguiente", prosigue el auto, el magistrado en su estudio "no entra en detalle de competencias y recursos financieros de dichos entes" y añade que "únicamente los somete a la Constitución y a la Ley que variará lógicamente en los diferentes Estados miembros del Consejo de Europa".
Si la recusación de Rodríguez Zapata, de carácter conservador, hubiera prosperado, se habrían equilibrado las fuerzas de los dos sectores en los que está dividido el pleno del Constitucional, ya que el pasado 5 de febrero el TC acordó apartar de las deliberaciones sobre el Estatuto de Cataluña al progresista Pablo Pérez Tremps.
Pérez Tremps había elaborado, cuando aún era magistrado del Constitucional, un dictamen a petición del Instituto de Estudios Autonómicos de la Generalitat de Cataluña -todavía presidida por Jordi Pujol (CiU)-para que este órgano asesorara al Parlamento catalán sobre el texto del nuevo Estatuto.
Según el TC, este dictamen supuso una "intervención indirecta" en la elaboración de esta ley de reforma de este texto, por lo que el magistrado debía ser apartado de las deliberaciones sobre el recurso de inconstitucionalidad.