Es el debate de los próximos días. La formación de grupos propios, en el caso de partidos como el PNV, CDC o las confluencias de Podemos, sitúa a los tradicionales, PP y PSOE, y esta vez a uno de los emergentes, Ciudadanos, en posiciones que retratan directa o indirectamente sus ambiciones para otras batallas.

El caso más controvertido es el de CDC; y no solo porque no cumpla todos los requisitos para tener grupo propio, sino porque el visto bueno a su creación depende de los dos partidos que dominan la Mesa del Congreso, PP y C's, beneficiarios, el martes, de diez votos anónimos que bien pudieron haber salido de los escaños de los soberanistas catalanes.

Su portavoz, Francesc Homs, ya ha dicho que no piensa negociar algo a lo que está seguro que tiene derecho, pero, por si acaso, ayer invocó la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, tan denostado por su partido, para recordar que la Mesa debe interpretar la norma de la forma más favorable a los intereses de quienes quieren formar grupo.

Es decir, que aunque no haya obtenido el 15% de los votos en Cataluña, su feudo, CDC tendría derecho a contar con grupo propio. Así lo cree Unidos Podemos, y por dos razones: por coherencia con sus "principios" y porque le interesa que sus confluencias, en especial la catalana, En Comú Podem, puedan tener los suyos. El PP está dispuesto a hacer algo por CDC por "cortesía parlamentaria" (será por algo), y los socialistas, que recuerdan que la cuestión no es de "oportunidad política", sino de respeto al Reglamento del Congreso, distinguen: no cierran la puerta a la petición de los de Homs, pero sí a las de las confluencias de Podemos, partido con el que el PSOE libra una contienda al margen de la gobernabilidad del país. Lo gracioso del caso es que el artículo que los socialistas invocan para impedir, como ocurrió tras el 20-D, que las confluencias podemistas puedan formar grupo propio -el número 23 del Reglamento- es el mismo que hubo que introducir precisamente para acabar con la proliferación de grupos socialistas territoriales durante la Transición.

Es el artículo que trata de impedir que diputados de un mismo partido puedan constituir grupo parlamentario separado. O que lo formen diputados de formaciones políticas que no se hayan enfrentado entre sí ante el electorado. Como Podemos.