El Tribunal Constitucional (TC) ha otorgado el amparo, por vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, a un extranjero al que fue denegada la residencia de larga duración porque el tribunal al que recurrió fijó la vista un año y tres meses después de que el asunto se presentara, con el consiguiente temor por parte de esta persona a ser privado de libertad mientas se resolvía el asunto. El tribunal de garantías ha tardado cuatro años en resolver este caso admitido en junio de 2012.

En su resolución, el Constitucional afirma que "el elevado número de asuntos de que conozca el órgano jurisdiccional ante el que se tramitaba el pleito no legitima el retraso en resolver" ni limita el derecho fundamental de los ciudadanos para reaccionar ante tal retraso.