Que la Infanta Cristina sea juzgada por dos delitos fiscales en la presunta trama corrupta en torno al Instituto Nóos o que se siente solo un día en el banquillo y quede exonerada sin juicio depende de que tres magistradas de la Audiencia de Palma entiendan que su caso se ajusta o no a la doctrina Botín.

El banquero Emilio Botín prestó involuntariamente su apellido en 2007, a través de una sentencia del Tribunal Supremo, a un precepto jurisprudencial que establece que nadie podrá ser juzgado por delitos fiscales si no le acusan ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado, a quienes corresponde la defensa del interés de los perjudicados: Hacienda y la administración pública en general.

Solo Manos Limpias, que ejerce la acusación popular en el caso Nóos, acusa a la Infanta Cristina de colaborar con su marido, Iñaki Urdangarin, en sendos delitos fiscales en 2007 y 2008, por lo que la defensa de la hermana del Rey alegará en el trámite de cuestiones previas con el que arranca el lunes el juicio que el sindicato no está legitimado para mantenerla en el banquillo.

La decisión quedará a criterio de las juezas de la sección primera de la Audiencia de Palma Samantha Romero, Eleonor Moyà y Rocío Martín, que han anunciado que tras escuchar los argumentos de la defensa de la Infanta y el resto de cuestiones previas planteadas, se tomarán una semanas para decidir al respecto, antes del inicio de las declaraciones de los acusados el 9 de febrero.

El debate sobre la doctrina Botín ha sido un elemento teórico clave de la instrucción de la causa y de la posterior transformación del proceso en el juicio y tuvo un capitulo determinante el 7 de noviembre de 2014.

Entonces, tres magistrados de la sección segunda de la Audiencia provincial ratificaron por unanimidad la imputación de la entonces aún duquesa de Palma dictada por el juez José Castro y dejaron en manos del instructor la decisión de interpretar en qué medida la doctrina Botín era de aplicación a la Infanta.

Añadieron en su resolución que "existe un matiz" que distingue el caso del banquero del de la hermana del Rey: que la Fiscalía y la Abogacía del Estado sí defienden el interés público frente a unos delitos fiscales que atribuyen exclusivamente a Urdangarin, mientras que en el caso de Botín no apreciaban delito.

Igual que ocurrió cuando la Audiencia le señaló los presuntos delitos fiscales de la Infanta tras archivar otras imputaciones, el pronunciamiento de la Audiencia reforzó la postura de Castro, que incluyó a doña Cristina entre los acusados contra el criterio de sus prestigiosos letrados, de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía Anticorrupción, que en todo el proceso se han opuesto a que fuera encausada.

La reñida disputa jurídica cuya resolución quedará a partir del lunes en manos de las tres magistradas responsables de juzgar el caso Nóos, una de las causas judiciales que más atención han despertado en la historia de España, desbordó el ámbito técnico para derivar en un enfrentamiento público entre el fiscal Pedro Horrach y el juez José Castro.

Tratada de forma "inquisitiva" por "ser quien es"

Aliados durante años en la instrucción del caso Palma Arena, del que Nóos es solo una pieza, sus diferencias respecto a la Infanta se tradujeron en ásperos reproches en escritos oficiales cruzados. Horrach ha acusado a Castro de tratarla de forma "inquisitiva" por "ser quien es" y el instructor ha argumentado que el fiscal le ha dado un trato deferente por su condición de hija y hermana de rey.

Después se incorporaría también a la liza el abogado de la hermana del Rey, Miquel Roca.

La defensa de doña Cristina se ha visto reforzada por su coincidencia de criterio con la Fiscalía y la Abogacía del Estado, mientras que el trabajo del instructor quedó refrendado por las decisiones de la Audiencia de Palma, que han conducido a la Infanta al banquillo.

La solución, quién sabe si definitiva, queda en manos de las magistradas responsables de enjuiciar un caso que, al margen de su gran protagonista, aborda un presunto caso de saqueo de 6 millones de euros de fondos públicos.