El catedrático en Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona Xavier Arbós explica los escenarios que se podrían abrir jurídicamente y legalmente tras las elecciones catalanas de este domingo.

- Los resultados que arrojan las elecciones de este domingo en Cataluña, ¿permiten realizar una declaración unilateral de independencia con bases legales?

No. Ni estos, ni otros. No hay base legal, ni en el derecho internacional, ni en el derecho constitucional español para proceder a una declaración unilateral de independencia.

- Ante esta situación, ¿qué podría hacer ahora Cataluña para llevar a cabo la independencia del Estado?

Si se plantea la legalidad existente, se debería reformar la Constitución, para eliminar el obstáculo del artículo 2 (que hace referencia a la indisolubilidad de España) y establecer en la misma Constitución una fórmula equivalente al derecho de autodeterminación.

Otra cosa distinta sería el establecimiento unilateral, desde Cataluña y al margen de la legalidad española, de reglas para proceder a la secesión. Sin embargo, en la correlación de fuerzas parlamentarias que resulta de las elecciones de ayer, eso no está nada claro. La posición de Junts pel Sí es que no hace falta un referéndum de autodeterminación, basta con un referéndum sobre la nueva Constitución catalana en un plazo no superior a 18 meses. Lo que pasa es que al no haber conseguido la mayoría absoluta y depender de la CUP la realidad cambia. La CUP parece más interesada en promover una legislación catalana insumisa a la Constitución española que en promover, como hubiera sido el caso si hubiera habido una mayoría de votos populares por la independencia, una inmediata declaración unilateral de independencia.

- ¿Tiene realmente Cataluña capacidad para llevar a cabo la secesión del Estado español?

Me parece que no si se plantea de modo unilateral. Descartado el uso de la fuerza, la secesión unilateral de Cataluña carece de amigos entre los gobiernos extranjeros. Al menos, hasta ahora no se han manifestado. Cataluña tampoco dispone de las bases de datos de los contribuyentes catalanes que le permitan recaudar sus propios impuestos (no sabe de quién cobrar, ni cuánto). Además, carece también de las bases de datos de la Seguridad Social (no sabe a quién pagar pensiones, ni cuánto debe pagar).

- La hoja de ruta de los independentistas habla de crear unas Estructuras de Estado en Cataluña, ¿Podrían convivir unas instituciones catalanas y españolas?

Como poder, y de hecho, podrían. Otra cosa es que las disposiciones de unas y de otras fueran efectivas. Por ejemplo: ¿a quién pagar los IVA trimestrales, o el IRPF de 2015? ¿A la Agencia Tributaria Española? ¿O a su equivalente catalana?.

- En este caso, ¿Cómo se haría una transición entre las instituciones españoles y las catalanas?¿Se podría hablar de unos plazos legales para llevar a cabo este proyecto?

Como la secesión es unilateral no es legal, no hay plazos legales para para ella. Hipotéticamente, siguiendo el planteamiento de Junts pel Sí, se establecería una ley de transitoriedad jurídica, que no tendría ninguna validez en el marco constitucional español.

- Constitucionalmente, ¿con qué recursos jurídicos y legales cuenta el Estado para hacer frente a este desafío independentista?

De entrada, con las impugnaciones ante el Tribunal Constitucional. También con medidas jurídicas de mayor peso político, que por su impacto son desaconsejables. Una de ellas es la aplicación del art. 155 de la Constitución.