El Gobierno aprobó ayer el proyecto de ley que modifica el Código Civil para conceder la nacionalidad española a todos los judíos sefardíes que lo pidan y acrediten tal condición. Los beneficiarios podrán mantener su nacionalidad de origen.

Entre los varios medios para acreditar la condición de sefardí figura la presentación de un certificado de la Federación de Comunidades Judías de España, del presidente de la comunidad judía donde resida el solicitante o de la pertinente autoridad rabínica.

También se podrá acreditar por el idioma familiar, la partida de nacimiento o el certificado matrimonial, según las tradiciones del reino de Castilla.

Los judíos sefardíes que quieran adquirir la nacionalidad española deberán comparecer ante un notario al que entregarán toda la documentación que acredite su condición.