El Tribunal Supremo ha rechazado hoy la querella que el juez Elpidio Silva presentó contra el juez que le investigó en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Jesús Gavilán, a quien acusaba de prevaricación y retardo malicioso.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid está celebrando un juicio oral contra el juez Elpidio José Silva por delitos cometidos durante su instrucción del "caso Blesa" -en el marco de la cual ordenó el ingreso en prisión preventiva del expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa.

El juicio que se está celebrando es consecuencia de una investigación judicial que llevó a cabo en el TSJM el juez Jesús Gavilán y es contra éste contra quien se dirigió Silva con una querella que ha sido hoy archivada.

La querella de Silva llegó al Supremo acompañada de 180.186 firmas de apoyo, obtenidas a través de una campaña desarrollada en internet y acusaba también al juez que le sentó en el banquillo de negación sistemática de su derecho a la defensa.

Esta acusación se basaba en que no se permitió a Silva el acceso a una parte secreta en la causa, determinados correos electrónicos de Blesa.

En su resolución de hoy el Supremo responde a Silva que lo que hizo el juez instructor, denegarle el acceso a determinados correos electrónicos de Miguel Blesa, fue "preservar el derecho fundamental a la intimidad y al secreto de las comunicaciones" del expresidente de Caja Madrid.

Los correos afectaban "a la esfera íntima y de amistad o estrictamente profesional con terceras personas" de Blesa, explica el Supremo, que añade que el instructor hizo una ponderación de los derechos en juego que no constituye prevaricación, por más que Silva no la considere adecuada.

Además, Silva acusó al juez instructor del caso de actuar con "celeridad maliciosa". En este punto el Supremo responde que "no existe, como dicha parte reconoce en su querella, un delito de celeridad maliciosa en la Administración de Justicia".