El Tribunal Supremo considera que hubo "escaso celo" del fiscal ante delitos contra "el patrimonio social" en la sentencia que confirma la absolución del expresidente valenciano Francisco Camps en la causa de los trajes del "caso Gürtel".

El Supremo rechaza las peticiones de la defensa de que no se considerase legitimada a la acusación popular para recurrir la absolución y aprovecha para resaltar el "importante papel" de esta figura. El tribunal hace una cerrada defensa de la acusación popular (ejercida por el PSOE) cuando "en delitos que pueden infringir un bien perteneciente a la esfera o patrimonio social" se ha podido "observar un escaso celo del fiscal a la hora de sostener la acusación penal". El ministerio público no recurrió ante el Supremo la absolución del delito de cohecho pasivo impropio para Camps.

El magistrado discrepante, Joaquín Giménez, defiende la nulidad de la absolución por "clamorosa" falta de motivación. "No solo debe hacerse justicia, sino parecer que se ha hecho", asevera.

Para el magistrado, la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia debió ser "nula de pleno derecho" por su "total" ausencia de motivación. Apostaba así por su devolución al magistrado que presidió el juicio y que, realmente, se limitó a emitir "un acta" de un único fundamento jurídico con la decisión del tribunal popular.