Domingo Troitiño, uno de los etarras que perpetró la matanza de Hipercor, con 21 muertos, o Juan José Zubieta, condenado por el atentado en la casa cuartel de Vic, en la que murieron once personas, entre ellas cinco niños. Son dos de los 54 presos de ETA que saldrían en libertad de derogarse la doctrina Parot.

Algo que preocupa e inquieta al Gobierno porque, según fuentes de Interior, a ellos se sumarían sanguinarias etarras del "comando Vizcaya" como Inmaculada Pacho, o del "comando Madrid" como Inmaculada Noble o Inés del Río, está última condenada a más de 3.000 años por 23 asesinatos.

Precisamente, Del Río es la primera etarra que ha llevado hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), en Estrasburgo, su reclamación contra la aplicación de la doctrina Parot, avalada por los tribunales Supremo y Constitucional, que obliga a descontar los beneficios penitenciarios del total de las penas y no del máximo de cumplimiento efectivo.

El 10 de julio cinco magistrados dieron la razón a Del Río e instaron a España no solo a su puesta inmediata en libertad, sino a indemnizarla con 30.000 euros por los daños causados.

El TEDH entendió entonces, por unanimidad, que la aplicación de la doctrina violaba los artículos 7 (no hay pena sin ley) y 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Un fallo que España, a través de la Abogacía del Estado, ha recurrido y que ahora la Gran Sala de la Corte Europea, integrada por diecisiete magistrados, tiene en su mano reexaminar y emitir un nuevo fallo que puede ser concordante o no con la anterior decisión que amparó a la etarra.

De estar de acuerdo y, por tanto, ser contraria a España, la decisión afectaría solo directamente a Del Río, aunque es indudable que supondría el fin de la doctrina y provocaría casi de inmediato una cascada de recursos de etarras afectados por la misma.

Es el caso de Juan José Zubieta, condenado a 1.309 años por el atentado en 1991 contra la casa cuartel de Vic (Barcelona) que causó la muerte de 11 personas, entre ellas cinco niños. Su fecha de excarcelación, prevista para 2012, está retrasada hasta el año 2021 en aplicación de la doctrina Parot.

Según las fuentes, podrían beneficiarse también de la decisión de Estrasburgo Juan José Legorburu, alias "Txato", condenado a 746 años por diversos atentados y ocho asesinatos, entre ellos el del jefe de la Policía Municipal de Amorebieta (Vizcaya) en 1979, o Juan Carlos Arruti, alias "Paterra", que cumple una pena de más de 1.200 años por catorce asesinatos.

De derogarse la Parot, José Antonio López "Kubati", condenado, entre otros atentados, por el asesinato de la etarra "Yoyes", o el etarra que atentó en 1987 contra el Hipercor, Domingo Troitiño "Txomin", quedarían en libertad después de que su salida de prisión estuviera fijada en 2006, el año en el que se estableció el nuevo cómputo de aplicación de redenciones.

Pero no solo reclusos de ETA estarían afectados por la decisión. Las mismas fuentes indican que también podrían ser excarcelados siete miembros de los GRAPO, entre ellos Guillermo Vázquez Bautista, condenado a casi 260 años de cárcel por el asesinato de dos guardias civiles en Gijón en 1989.

Lo mismo ocurriría con Ismael Miquel Gutiérrez, jefe del comando de los GAL que asesinó a un ciudadano francés en 1985, o con Josefa Rodríguez Porca, miembro del Ejército Guerrillero del Pueblo Gallego (EGPG) y condenada a 84 años de prisión por el asesinato de un guardia civil en 1989.

Como la doctrina Parot se aplicó a delincuentes que acumulaban tres o más condenas cuya suma aritmética fuera mayor que la pena más grave, también podrían beneficiarse de su derogación criminales como Miquel Ricart, uno de los autores del asesinato de las tres niñas de Alcàsser en 1992.

O Pablo Manuel García Ribado, condenado a más de 1.700 años de prisión por 74 violaciones entre 1990 y 1993, conocido junto a Antonio Barroso como los "violadores del portal" porque agredían a las mujeres cuando entraban en sus domicilios.

Las fuentes consultadas defienden que el recurso de España es "impecable" en sus argumentos jurídicos. En él se recuerda a la Gran Sala que su aplicación no solo respeta la Constitución española, sino también el convenio de derechos humanos, y que es un instrumento contra la delincuencia más grave.

La Abogacía del Estado hace hincapié en que desestimar el recurso de España supondrá apartarse de la doctrina del tribunal europeo, que hasta ahora había defendido que los beneficios penitenciarios no forman parte de las condenas y, por lo tanto, no están protegidos por el principio de "irretroactividad".

Apela también a la "excepcional repercusión social" que tendría derogar esta doctrina, con la consiguiente "alarma social", que provocaría que no solo más de medio centenar de presos etarras salieran de prisión, sino también la posible excarcelación de criminales como violadores o asesinos en serie, concluyen las fuentes consultadas.