El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 6 meses de prisión impuesta a un controlador aéreo militar por un delito de desobediencia después de que abandonara su puesto al finalizar la jornada pese a que un superior le había ordenado que continuara para atender el aterrizaje de un helicóptero averiado.

La Sala de lo Militar del alto tribunal confirma así la sentencia del Tribunal Militar Territorial Segundo, que consideró probado que el 6 de agosto de 2007 el citado controlador, un brigada, comunicó que finalizaba su servicio y cerraba la torre de control a su superior, que le ordenó que continuara en su puesto hasta la llegada de un helicóptero de Melilla, que había retrasado su vuelta por una avería.

El acusado contestó a su superior que en el caso de haber un solo controlador, como era el caso, el servicio solo se prestaba durante las horas de actividad, independientemente de que un helicóptero estuviera en vuelo o no.

Después de reiterarle que continuara, el superior se dirigió a la torre de control y comprobó que el brigada se había ausentado, por lo que por el teléfono móvil le repitió las órdenes, sin que éste las atendiera.

Según el Tribunal Militar, el día de los hechos el acusado llevaba unos 10 días seguidos prestando servicio de controlador de vuelo debido a los turnos de permiso de verano de sus compañeros de la unidad.

El Supremo rechaza en su sentencia los argumentos del recurso del controlador al entender que el tribunal militar tuvo suficientes pruebas para imponer la condena y recuerda que el brigada reconoció que se había negado a cumplir "la orden directa de su superior para atender un vuelo, cuya llegada estaba prevista para las 15:30, habiéndose retrasado por avería, abandonando el controlador su servicio a las 14:20".

El delito de desobediencia, explica el TS, se cometió al desatender las instrucciones "directas, precisas y absolutamente contundentes" del oficial de vuelos ordenándole que permaneciera en su puesto.

Frente a esta orden, el controlador "decidió, por vía de hecho, imponer su particular criterio" sobre el de su superior, que no solo era superior en grado sino que además tenía la responsabilidad funcional de dirigir el servicio, y abandonó su puesto "con absoluto desprecio a las órdenes recibidas".

Según el Supremo, el deber del controlador era quedarse a atender la llegada del helicóptero averiado, sin perjuicio de que estimara que con ello "se desatendían algunos de sus intereses laborales" y ante lo que podría haber formulado posteriormente las quejas pertinentes por vía reglamentaria.

El militar estaba obligado a reservar sus objeciones para cuando el servicio estuviese cumplido "y no plantearlas en el momento en que se debía comenzar ni, mucho más, hacerlas prevalecer sobre el mismo", con el riesgo que supuso que el helicóptero aterrizara sin controlador, señala.

Para el Supremo, es contrario a la disciplina entender que el cumplimiento de las órdenes militares se limita a los supuestos en los que el subordinado esté de acuerdo con ellas, pudiendo abandonar el servicio, como se hizo en este caso, cuando no sea así.