El Tribunal Supremo ha confirmado la decisión adoptada el pasado mes de abril por el magistrado de este órgano Luciano Varela de expulsar a Falange Española y de las JONS, como acusación particular, del procedimiento abierto al juez Baltasar Garzón por una presunta prevaricación que habría cometido al investigar los crímenes franquistas sin ser competente para ello. Considera que esta parte incumplió los requerimientos del juez y que no se ha producido indefensión alguna imputable al instructor de la causa.

El auto dado ha conocer este lunes confirma las razones de Varela, que tomó esta decisión después de que el partido no presentara en plazo su escrito de acusación contra Garzón una vez que el instructor le ordenara subsanar determinados defectos formales en el documento inicial.

Un mes más tarde, Varela confirmó la expulsión argumentado que el plazo para subsanar el escrito no venía determinado por la ley, sino por la providencia judicial que él dictó y que daba dos días al partido político para cumplir su requerimiento.

Ahora, la Sala integrada por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Juan Saavedra, Adolfo Prego Francisco Monterde y Joaquín Giménez confirma este argumento y rechaza el recurso de apelación presentado por Falange señalado que "la preclusión de dicho plazo sin cumplimentar tal requerimiento tiene su causa exclusiva en el voluntario incumplimiento de la parte, y no en la acción u omisión del instructor.

"Consecuentemente -continúa el auto-, no se ha producido indefensión alguna imputable del órgano judicial ni vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva a la parte acusadora popular". Se trataba del último recurso pendiente en la Sala de lo Penal del Supremo, a la que ahora sólo resta fijar la fecha de inicio de la vista oral contra el suspendido juez central de Instrucción número 5.