Cárcel al director y el jefe de informativos de la SER por "revelación de secretos"

Los periodistas gallegos Anido e Irago, condenados a un año y nueve meses de prisión por hacer pública en 2003 una lista de afiliaciones irregulares al Partido Popular

 11:39  

AGENCIAS / MADRID El director y el jefe de Informativos de la SER, Daniel Anido (Lugo, 1960) y Rodolfo Irago, vigués de 43 años, respectivamente, han sido condenados por un juez de Madrid a un año y nueve meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la profesión periodística por revelación de secretos, en relación con una noticia, emitida el 17 de junio de 2003, en la que se daba cuenta de afiliaciones irregulares al PP de Madrid. La lista de los afiliados fue publicada ese mismo día en la página digital de la emisora. La cadena ya ha anunciado que recurrirá la sentencia.

Según informó ayer la emisora, la sentencia, dictada por el juez Ricardo Rodríguez Fernández, titular del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid, condena también a ambos periodistas a "inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo" durante el tiempo que dure la pena privativa de libertad. Además, les impone una multa diaria de 100 euros durante seis meses y les obliga al pago de una indemnización de 5.000 euros para cada uno de los denunciantes.

Un portavoz de la SER aseguró ayer que la sentencia les "causa cuando menos perplejidad y supone un claro atentado contra los principios constitucionales de la libertad de expresión e información, y constituye un riesgo sin precedentes para el ejercicio de la profesión periodística".

A este respecto, el juez asegura en la sentencia que la protección constitucional al derecho a la información se refiere a la televisión, radio o prensa escrita, pero añade que internet –donde se publicó el listado de afiliados irregulares– no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino "universal".

En cuanto a la imposición de una multa, el juez argumenta: "Como datos de suficiencia económica de los acusados podemos reseñar –además de comparecer en el juicio con un letrado de confianza, de libre designación– los importantes cargos directivos que ambos desempeñan (...), cargos que si bien desconocemos cuál será su retribución, sin duda será verdaderamente importante».

La emisora explicó ayer que las irregularidades en el proceso electoral interno habían sido denunciadas por escrito en junio de 2003 por dirigentes del propio PP y estaban relacionadas "con la batalla interna que mantenían Esperanza Aguirre y Ricardo Romero de Tejada contra Alberto Ruiz Gallardón". Igualmente precisa la emisora que, durante el juicio, celebrado el pasado 19 de octubre, la propia ex presidenta del PP de Villaviciosa de Odón, Pilar Martínez, ratificó los datos difundidos y recordó que se había dirigido al entonces secretario general del PP de Madrid, Ricardo Romero de Tejada, para denunciar unos hechos que tenían como trasfondo un asunto de corrupción urbanística. De hecho, resalta la emisora, el juez afirma en la sentencia que "no puede negarse que era un hecho noticiable" y que los condenados "podían honestamente pensar que, publicando o cediendo para su publicación la lista de los presuntamente afiliados irregularmente, cuya denuncia ciertamente les constaba, informaban a la opinión pública de algo que la misma tenía derecho a conocer".

Sin embargo, el magistrado matiza que lo noticiable no era la afiliación al PP de determinadas personas, revelando sus datos, sino la mera denuncia de las irregularidades.

Tras conocer la sentencia, la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) y la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) la calificaron de "inaudita, desmesurada y asombrosa". Las dos entidades resaltan que "la confusión que emana sobre lo que son o no son medios informativos o sobre el concepto de revelación de secreto, es inquietante". Sentencias de este tipo, añaden, "conspiran contra la libertad y contra el derecho a saber de los ciudadanos y debilitan el Estado de Derecho y el prestigio de las instituciones", por lo que apelan a que la justicia revise la sentencia con la máxima celeridad.

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