El Juzgado número 2 de lo Penal de Bilbao ha condenado a tres años y tres meses de prisión a un empresario acusado de ceder su piso en Getxo (Vizcaya) a un grupo de gitanos para lograr que el resto de vecinos abandonaran el edificio. Asimismo, y en una de las primeras sentencias que acaban con pena de prisión en Cataluña, un juzgado de Barcelona ha condenado a un año de prisión a dos hermanos por "mobbing" inmobiliario a una pareja joven en un piso de Barcelona.

En el primer caso, y según el fallo de la sentencia, el empresario Juan José Rementería Bilbao ha sido condenado a dos años de prisión por un delito contra la integridad moral; a otros quince meses de cárcel por un delito continuado de allanamiento de morada; y a una multa de quince meses a razón de 20 euros/día por un delito de daños.

Además, la sentencia prohíbe al empresario acercarse a menos de 200 metros de las víctimas y regresar al municipio de Getxo durante cinco años, y le absuelve de un delito de amenazas y de otro de robo con fuerza.

Por su parte, los tres miembros del grupo gitano inculpados han sido condenados a penas que oscilan entre los tres años y tres meses y los cinco años y nueve meses, según su grado de implicación, por delitos contra la integridad moral, daños, allanamiento, amenazas y robo con fuerza.

El tribunal considera probado que entre el 25 de julio de 2003 y el 20 de agosto de 2004 se produjeron de "forma incesante actos de hostigamiento", creando en las víctimas "un sentimiento de angustia, miedo y desasosiego que terminara por hacerles sucumbir a las pretensiones del instigador de esos actos, es decir, bien venderle la vivienda o avenirse a la ejecución de las obras que pretendía".

Los hechos se remontan a mayo de 2000, cuando, según relata la sentencia, el empresario condenado adquirió el primer piso de la Casa Tangora, un palacete situado en la zona residencial de Neguri, en Getxo.

Dado que el resto de vecinos del inmueble, propietarios de los pisos bajo y segundo, se negaron a venderle sus viviendas o a realizar las obras que él pretendía, alquiló su piso por un euro a los demás condenados para que realizaran actos de hostigamiento contra estos vecinos.

Estos actos tenían el objetivo de forzar al resto de habitantes del inmueble a abandonar sus casas o a realizar las obras requeridas por el empresario.

Así, la sentencia dice que tres de los condenados y "otras personas no identificadas pero del mismo grupo familiar", desplegaron una serie de actividades que "atentaban a la dignidad" y "humillaban a los miembros de las familias propietarias de las viviendas aledañas", con Juan José Rementería Bilbao "como inductor".

En este sentido, el tribunal enumera varios hechos enmarcados en este "plan de hostigamiento": en agosto de 2003 uno de los acusados forzó la entrada del segundo piso del inmueble, en ese momento vacío, y sustrajo piezas de ajuar y un televisor; en septiembre los acusados mancharon con heces los vehículos de una de las familias. Además, en otras ocasiones provocaron filtraciones de agua, arrojaron residuos, y provocaron "continuos" ruidos y taconeos.

La sentencia añade que, debido a estos hechos, dos de los vecinos, una mujer y su hijo menor, sufrieron trastornos de ansiedad, por lo que se les recetaron ansiolíticos, que el menor no llegó a tomar.

Condena por "mobbing"

Por otra parte, un juzgado de Barcelona ha condenado a un año de prisión a dos hermanos por hacer "mobbing" inmobiliario a una pareja joven en un piso de Barcelona. Esta es una de las primeras sentencias de este tipo que acaban con pena de prisión en Cataluña. Los acusados tendrán que indemnizar a las víctimas con 3.300 euros por daños morales. Algunos vecinos de la pareja explicaron que desde hacía tres años, los jóvenes "no disponían ni de agua ni de luz".

La sentencia recoge que entre el verano y el otoño de 2005, los dos hermanos condenados, Alfonso y Pere J.Q, cortaron varias veces el suministro de luz y agua a los denunciantes, Ana María C.S y Francisco G.D, e incluso les arrancaron los contadores, los inutilizaron e impidieron el acceso a ellos. Incluso llegaron a sellar la puerta de entrada al piso.

Finalmente, las víctimas tuvieron que abandonar la vivienda en noviembre debido a las condiciones de insalubridad en las que se encntraban. Y es que la situación había llegado a tal extremo que tenían que ir a buscar agua a la fuente, alumbrarse con velas, cocinar con pequeñas bombonas de gas y comprar la comida cada día por no poder disponer de frigorífico.

Ante estos hechos el juez absuelve a los hermanos de una falta de daños pero les condena por un delito de coacciones un año de prisión y a indemnizar a la pareja con 3.300 euros por daños morales.