El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a la que fuera responsable de finanzas del PSOE durante los primeros gobiernos de Felipe González Aída Álvarez y a su marido, Miguel Molledo, a una pena de seis meses y un día de prisión y al pago de una multa de 1.200 euros como responsables de un delito de falsedad en documento mercantil, en grado de consumación, cometido en relación con la adjudicación de las obras del AVE Madrid-Sevilla.

La sentencia del Supremo rectifica la dictada en junio de 2006 por la Audiencia Provincial de Madrid, que absolvió a Álvarez, a Molledo y a otros cuatro de los doce procesados en el denominado "caso AVE". Ahora se les condena por falsificar nueve facturas obrantes en este sumario que, aunque relacionadas, no llegaron a formar parte del acervo documental del "caso Filesa".

El resto de absoluciones se confirman, entre ellas la del ex ministro socialista Julián García Valverde, mientras que los ex directivos de Siemens Francisco Francés y Mario Huete, condenados a un año de prisión también por falsedad en documento mercantil, son ahora absueltos por el alto tribunal, que considera que los citados delitos habían prescrito en el momento en el que los ejecutivos fueron reclamados por la Justicia.

A lo largo de las 122 páginas de sentencia, de la que fue ponente el magistrado José Ramón Soriano, el Supremo rechaza todos los motivos presentados por la representación letrada del PP -que fue parte acusatoria en el procedimiento-, dirigidos a lograr que los hechos probados hablaran de una financiación irregular del PSOE a través de comisiones pagadas por la adjudicación de las obras del AVE.

A este respecto, el Supremo acusa al PP de "desviarse de la finalidad jurídica perseguida" en este proceso e insiste en que la designación de los adjudicatarios "fue regular y objetiva" y que los pagos de las empresas se efectuaron "no para que se les concediese el contrato, sino por habérseles concedido".

Sobre la presunta financiación irregular del PSOE mediante las comisiones del AVE, el Supremo insiste es que "es fruto de las sospechas o elucubraciones del propio recurrente (el PP), pero en modo alguno cimentadas en pruebas o indicios, hasta el punto de que ni siquiera llegaron a formar parte del objeto procesal". La Audiencia Provincial únicamente se pronunció sobre delitos de cohecho, falsedad documental y delito fiscal.

A instancias de la Fiscalía, el Tribunal Supremo condena a Álvarez y Molledo por falsificar nueve facturas de un grupo de empresas de su propiedad, y que facturaban al PSOE, que aparecen en este sumario y que no pudieron ser incluidas en el "caso Filesa", en el que ambos fueron condenados a dos años y cuatro meses de prisión por un delito continuado de falsedad documental.

El "tardío enjuiciamiento" de estas facturas en concreto, según el Supremo, permite imponer a Álvarez y Molledo "de forma prudente y proporcionada" la sanción mínima de seis meses y un día de prisión menor y 1.200 euros de multa por un delito de falsedad en documento mercantil.