El PP presentó este mediodía ante el Tribunal Constitucional su recurso de inconstitucionalidad contra la Ley vasca de consulta popular alegando que se ha producido una "violación del sistema constitucional de competencias" e invocando la defensa de la soberanía nacional. Además, arguye la "inconstitucionalidad material" de las dos preguntas que se plantean para la consulta por entender que eluden "la voluntad del pueblo español en su conjunto y "supeditan el inicio del proceso a una decisión previa" de ETA.

El primer partido de la oposición solicita al alto tribunal la tramitación prioritaria y urgente del recurso ante "la gravedad e inminencia de la consulta" y, en concreto, le reclama que el fallo se produzca antes del 14 de septiembre de este año dado que a partir de esa fecha los electores pueden empezar a solicitar el voto por correo. Por eso, reclama que se habilite el mes de agosto.

Asimismo, el PP se adhiere a la petición de suspensión inmediata de la Ley del Parlamento vasco que se recoge en el recurso que presentó esta mañana el Abogado del Estado e insta al Tribunal Constitucional a que acumule los recursos del Gobierno y del PP, dado que ambos tienen "idéntico objeto".

La portavoz del Grupo Popular en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría, y el coordinador de Justicia, Federico Trillo, defendieron la legitimidad de su formación para recurrir, pese a que ya lo ha hecho el Gobierno. "Son dos visiones complementarias, no idénticas", dijo el ex ministro de Defensa, quien añadió también que Ley vasca de consulta popular se ha hecho con "fraude claro del orden constitucional".

Violación del sistema de competencias

El primer fundamento jurídico en el que se fundamenta el recurso del PP --que han firmado 50 diputados, encabezados por Mariano Rajoy, y que desarrollan en un total de 29 páginas-- es la violación del sistema constitucional de competencias.

Según el PP, tanto el Gobierno como el Parlamento vasco carecen de competencia para convocar y regular la pretendida consulta, vulnerando con esa ley los artículos 149.1 32ª, 92 de la Constitución española y artículos 28.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en relación con la Ley Orgánica 2/1980 que regula las distintas modalidades de referéndum.

Así, los 'populares' recalcan que la Ley recurrida "no es sino un referéndum" y advierten de que el referéndum es una manifestación de democracia directa "vinculada a la soberanía popular", que tiene "carácter tasado" y limitado a los supuestos constitucionalmente previstos, y que necesita autorización del Gobierno de la nación.

"La consulta pretendida es una auténtica convocatoria de referéndum consultivo que versa sobre asuntos de gran trascendencia, no sólo del País Vasco sino para el conjunto del Estado, como son los de la autodeterminación unilateral de una parte de España, con desconocimiento tanto del principio de la soberanía nacional como de la indisoluble unidad de la nación española proclamados en la Constitución", reza el recurso del PP. Además, el PP esgrime en su recurso los defectos formales que, a su juicio, se han producido a la hora de tramitar la Ley vasca. A su entender el procedimiento seguido por el Parlamento vasco "conculca" el bloque de la constitucionalidad al optar por el procedimiento de lectura única, prescindiendo así del derecho de los grupos parlamentarios a presentar enmiendas.

Las dos preguntas de Ibarretxe

En segundo lugar, el PP alega como fundamento jurídico la inconstitucionalidad material de las dos preguntas planteadas para la consulta. Según dice, pretender que por una parte del pueblo español se pueda decidir sobre "un proceso de final dialogado de la violencia con ETA" supone "ignorar que el terrorismo de ETA ha causado en los últimos 30 años casi un millar de asesinatos, innumerables personas heridas, secuestradas, extorsionadas, limitando hasta extremos insufribles el dolor de miles de víctimas en toda España".

A su juicio, la pregunta en los términos en los que está planteada supone, "no sólo eludir la voluntad del pueblo español en su conjunto" sino además supeditar el inicio de ese proceso a "una decisión previa de ETA". Lo mismo puede predicarse de la segunda pregunta, continúa en su escrito, porque plantea "el derecho de autodeterminación del pueblo vasco interpelado".

"La presentación de esta pregunta oculta burdamente con un juego semántico la realidad de la norma, al consultar sobre la oportunidad de una consulta, que no sería otra cosa que la autodeterminación", añade el texto.

El PP estima que la admisión de la iniciativa vasca supondría "aceptar que una fracción del electorado pudiera, en hipótesis, abrir un auténtico proceso constituyente", "expresándose con crudeza" la "tensión" entre el pueblo español como titular de la soberanía nacional y una parte del mismo "al que se le reconocería en la práctica una capacidad exorbitante de las competencias de ámbito territorial limitado y a afectantes al orden constitucional establecido".