La Audiencia Provincial de Madrid absolvió ayer a los cuatro altos cargos de la Policía Científica que manipularon uno de los informes policiales incluidos en el sumario del 11-M para eliminar las referencias a ETA. El tribunal les absuelve porque las observaciones sobre la relación que ETA podía tener con los atentados que introdujo el perito Manuel Escribano no tienen "consistencia" ni "rigor científico" y, si bien es cierto que los encausados cometieron al eliminarlas "irregularidades administrativas", sólo modificaron aspectos "accesorios e irrelevantes" para la causa. Tras conocer la sentencia, el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, mostró su alegría por la absolución de cuatro "policías honestos que se vieron involucrados en la patraña de mezclar a ETA con el 11-M".

En su sentencia, la Audiencia Provincial de Madrid destaca que lo único que podría haber convertido en delito la actuación de los cuatro policías imputados, entre los que está el jefe de la unidad científica, el comisario Miguel Angel Santano, es que las referencias a ETA que contenía el informe del ácido bórico realizadas por Escribano "tuvieran consistencia, rigor científico y pudieran afectar el resultado del proceso a que iba destinada la pericia", algo que, afirma el tribunal, "no fue así ni desde una perspectiva ex ante ni desde una perspectiva ex post", es decir, ni antes ni después del juicio del 11-M.

En su informe, el perito señalaba que en el piso que ocupaba el condenado por el 11-M Hassan El Haski en Lanzarote se encontraron cinco bolsas de ácido bórico y añadió en el apartado de observaciones que este mismo producto fue hallado en un piso franco de ETA registrado en Salamanca en 2001 y en la vivienda que ocupaba un militante antisistema en Madrid en 1999. Dos de los acusados no estaban de acuerdo con esta referencia y pidieron a Escribano que la modificara y, ante su negativa, la eliminaron ellos mismos usando líquido corrector y reasignándose el informe.

"Una mera especulación"

Un cambio que, si bien constituye una clara y evidente irregularidad administrativa, no punible penalmente, el tribunal entiende que no constituye "una mutación de la verdad que afecte a un elemento esencial del documento oficial que integraba el informe pericial, sino a datos accesorios que resultan irrelevantes, inanes o inocuos a los fines de la función probatoria del documento". Y es que para la Audiencia la referencia a ETA que Escribano incluyó en su informe constituye "una mera especulación sin una base científica, según se desprende del hecho de que nunca se hubiera hallado ácido bórico en los cientos de análisis sobre explosivos realizados en el laboratorio oficial, tanto con respecto a ETA como a otros grupos terroristas".

"El dato carecía de rigor y generaba confusión y equivocidad, tanto en el ámbito de la investigación como en la opinión pública", afirma la sentencia, antes de añadir que "no consta dato alguno ni se ha traído al proceso información de ninguna índole acreditativa de que la pista del ácido bórico haya propiciado alguna línea fructífera de investigación ni resultados positivos en el proceso del 11-M". El tribunal, además, destaca que con esta referencia Escribano se salió de la "ortodoxia de un análisis químico" y entró "de lleno en el marco de una disputa sobre el dilema nuclear" del 11-M, que "estaba en la calle y en todos los medios de comunicación".

Basándose en esta argumentación, la sentencia absuelve al comisario general de la Policía Científica, Miguel Ángel Santano; al jefe de la Unidad de Análisis, José Andradas; al secretario general, Pedro Luis Mélida, y al jefe del Laboratorio Toxicológico, Francisco Ramírez. Santano se enfrentaba a seis años de cárcel por un delito de falsedad y, en grado subsidiario, las acusaciones populares pedían para él tres años por otro delito de encubrimiento.