La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) decidió ayer multar a Banco Santander, Sabadell, BBVA y CaixaBank con un total de 91 millones de euros por ofrecer derivados de tipos de interés en condiciones distintas de las pactadas con los clientes, en las que se especificaba que se contratarían en "condiciones de mercado". Según detalla la CNMC, estos derivados eran utilizados como instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés asociado a créditos sindicados para la financiación de proyectos ( project finance). Las entidades se ponían de acuerdo antes de realizar la oferta al cliente para fijar unas condiciones alejadas de las que se habían comprometido a proporcionar, dando la imagen de que cada una estaba consultando las condiciones de mercado.

La investigación parte de la denuncia de una empresa dedicada a la promoción, construcción y explotación de parques de infraestructuras eólicas, cuyo nombre no detalla la CNMC.

Lo que sí explica es que durante la investigación el regulador tuvo acceso a documentación aportada por otras 22 empresas en relación con 43 operaciones de derivados asociados a créditos sindicatos contratados entre 2006 y 2016 para project finance. La mayor multa corresponde a CaixaBank, con 31,8 millones de euros, seguida por la de Santander (23,9 millones de euros), BBVA (19,8 millones de euros) y Sabadell (15,5 millones de euros).

El organismo regulador, presidido por José María Martín Quemada considera que se ha infringido el artículo 1 de la Ley 15/2007, de3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) así como del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), consistente en acuerdos o prácticas concertadas entre las citadas empresas para la fijación deprecios e intercambio de información comercial sensible

Posibilidades para recurrir

Esta conducta supone una infracción muy grave a la Ley de Defensa de la Competencia y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, según señaló la CNMC. Contra esta resolución del superregulador no cabe recurso alguno en la vía administrativa, si bien se podrá interponer un contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde la notificación. Según explicaron fuentes financieras a la agencia de noticias Europa Press, es previsible que las cuatro entidades recurran la sanción.

Por otra parte, fuentes de BBVA informaron de que sus servicios jurídicos se encuentran estudiando la posibilidad de interponer un recurso al considerar la sanción jurídicamente errónea.