Nuevo varapalo judicial por el reparto de competencias de los programas de ayudas a parados de larga duración. El Tribunal Constitucional declaró ayer inconstitucional la actual gestión del Programa de Activación de Empleo (PAE), que otorga una ayuda de 426 euros al mes a parados de larga duración. El fallo del alto tribunal no supone la paralización de este programa -todos los beneficiarios podrán seguir percibiendo la ayuda-, pero supone un punto de inflexión de cara a las negociaciones que mantienen Gobierno e interlocutores sociales para la renovación de este programa.

La sentencia establece que deben ser los servicios de empleo de las comunidades autónomas y quienes gestionen estas ayudas en lugar del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El conflicto sobre las competencias tiene su origen en el recurso de inconstitucionalidad que interpuso por el Gobierno Vasco en el año 2015 al entender que el reparto de competencias que recogía el programa era contrario a lo que recoge Carta Magna. El fallo del Tribunal Constitucional establece ahora que la gestión del Programa de Activación de Empleo (PAE) debe correr a cargo de las comunidades autónomas y no del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Desde su creación en el año 2015, el PAE se desglosaba en dos partes: una, dedicada a las políticas activas de empleo para facilitar la reinserción laboral de los desempleados y otra de políticas pasivas a través de la ayuda de 426 euros al mes. Con la sentencia conocida durante la jornada de ayer, el Tribunal Constitucional da la razón al Gobierno Vasco, que en su recurso sostenía que las competencias sobre la gestión del PAE, así como para acordar su incorporación al mismo y las bajas y reincorporaciones al plan debían recaer sobre las comunidades autónomas. De esta forma, tras la decisión del alto tribunal, la gestión de estos programas de ayuda pasarán a recaer sobre los servicios de empleo regionales.

Como ya ocurrió con el pronunciamiento sobre el Plan Prepara, el Tribunal Constitucional concluye que no existen circunstancias que justifiquen una gestión centralizada de estas ayudas por parte del SEPE y recoge que "la asunción por el SEPE de las funciones ejecutivas de concesión y pago de la ayuda económica" no tienen "justificación alguna.

Todavía está por determinar el impacto que tendrá este reajuste competencias sobre las cuentas de las comunidades autónomas. Y es que la decisión del Tribunal Constitucional se produce en un momento en Gobierno e interlocutores sociales avanzan en la mesa de Diálogo Social de Plan de Choque por el Empleo para diseñar una nueva ayuda que agrupe y reemplace al Plan Prepara, la Renta Activa de Inserción y el PAE, que tras su prorrogación en 2017, expira el próximo 30 de abril.

200.000 beneficiarios

Pese a que no existen datos definitivos del número de beneficiarios de esta ayuda, las previsiones del ejecutivo apuntaban hace un año que el programa beneficiaría a 210.000 desempleados. En el año 2017, el programa contó con una dotación de 220 millones de euros y para este año está previsto un desembolso de 337 millones de euros.

Para solicitar esta ayuda, los desempleados de larga duración deben haber tenido un empleo anterior, estar inscritos como demandantes de empleo al menos nueve meses durante los 18 meses anteriores, buscar activamente un puesto de trabajo y haber consumido cualquier prestación un mes antes de pedir la ayuda.