El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha sentenciado este jueves que una empresa puede obligar a un empleado a trabajar hasta doce días seguidos si se cumplen las normas sobre descanso diario y duración máxima de trabajo semanal, puesto que el día de descanso que tiene que concederse a los trabajadores no tiene que ser obligatoriamente el séptimo día después de seis días de trabajo consecutivos.

El caso responde a la cuestión elevada por la Audiencia de Oporto sobre un ciudadano portugués que demandó a la empresa en la que había trabajado por haber acumulado actividad durante siete días consecutivos en más de una ocasión. Esta persona solicitó una indemnización equivalente a las horas extraordinarias trabajadas. En su fallo, el Tribunal determina que la legislación comunitaria no exige que se conceda un periodo de descanso "como muy tarde el séptimo día después de seis días de trabajo consecutivo", sino que "obliga a que tal periodo se conceda dentro de cada periodo de siete días".