Maciej Szpunar, abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), considera que Uber es una empresa de transporte y no una plataforma digital, de modo que las autoridades nacionales pueden exigirle licencias de actividad como las que precisan los taxistas.

La opinión, que no es vinculante pero suele inspirar el veredicto final del TJUE, considera que Uber no puede beneficiarse del principio de libre prestación de servicios que el Derecho comunitario garantiza a servicios de la sociedad de la información, como reclaman los taxistas.

El TJUE analiza el caso de Uber por una cuestión planteada por un juzgado local de Barcelona a raíz de una denuncia que presentó una asociación catalana del taxi. El magistrado pidió al tribunal europeo que estableciera si Uber -plataforma que aún no opera en Galicia y que pone en contacto a viajeros con conductores particulares a través de una aplicación móvil- proporciona un servicio de transporte o sólo de intermediación. El abogado se inclina por lo primero.

Destaca que Uber controla los elementos económicos relevantes en el servicio, incluido el precio, y además no ofrece un servicio de vehículo compartido porque los conductores cobran un importe que "excede ampliamente" el mero reembolso de los gastos, según el letrado.