La Agencia Tributaria ha implementado, como una de las principales novedades de este año, el programa Renta Web, ya iniciado en el ejercicio anterior y que este año se extiende para todos los contribuyentes, sustituyendo así al tradicional programa PADRE. Se busca así simplificar todos los trámites para realización, vía ‘online’, de la declaración.

Con Renta Web se puede solicitar y obtener el borrador de la renta, además de modificar y confirmarlo. La Agencia ha divulgado un vídeo en el que explica el funcionamiento de este sistema, que se generaliza ya para todos los declarantes:

Así funciona Renta Web

Así funciona Renta Web

Al sistema Renta Web se accederá desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria y, en la práctica, supondrá una propuesta de declaración, como venía siendo el borrador, pero más sencillo y ampliado a todos los contribuyentes.

Su principal ventaja es que el contribuyente verá despejados obstáculos directamente relacionados con la descarga informática de la información del borrador --que hasta ahora sólo recogía unas determinadas rentas-- o del programa PADRE.

El programa facilita la gestión de los trámites relacionados con las deducciones por familia numerosa, ascendientes y descendientes con discapacidad y familias monoparentales. También incluye mejoras en la descarga de datos y recordará, a través de una pestaña con la expresión ‘pendiente’, los apartados que es necesario completar con nuevos datos.

Otra de las principales novedades en Renta Web es la posibilidad de solicitar la rectificación de autoliquidación del impuesto a través de la propia declaración cuando el contribuyente haya cometido errores u omisiones que determinen una mayor devolución a su favor o un menor ingreso.

De esta forma, si el contribuyente marca la casilla de solicitud de rectificación que aparecerá en el propio modelo, la declaración hace las funciones de escrito de solicitud de rectificación de la autoliquidación. Además, esta solicitud podrá acompañarse de la documentación en que se basa la misma y los justificantes, en su caso, del ingreso efectuado por el contribuyente.