La Agencia Tributaria mantiene dos vías para recaudar el dinero que se le debe cuando descubre que un moroso tiene capital o bienes en otro país: o bien solicita asistencia en caso de que existan acuerdos -a veces vía embargos- o bien pide a un juez que envíe una comisión rogatoria con estos propósitos.

En el caso del expresidente de Banesto Mario Conde, que debe 9,9 millones de euros a Hacienda, se ha conocido que él y sus hijos repatriaron entre 1999 y 2011 diferentes cantidades desde ocho países: Suiza, Reino Unido, Curaçao, Italia, Emiratos Árabes Unidos, Holanda, Luxemburgo e Islas Vírgenes Británicas.

La Agencia Tributaria no da información sobre casos o contribuyentes concretos, pero el procedimiento habitual cuando tiene conocimiento de la posible existencia de bienes por parte de un deudor en un país extranjero pasa por dos vías de recaudación. La primera de ellas, en el ámbito administrativo, es una solicitud de asistencia a la recaudación un país tercero con el que exista un acuerdo de estas características.

Se le puede solicitar tanto medidas de cobro de deuda (como embargos) como información patrimonial.