El sistema de borrador va ganando, en cada campaña de la renta, terreno como la fórmula referida de los contribuyentes para rendir cuentas ante el fisco. El proceso es sencillo, se baja el documento de la web de la Agencia Tributaria, se confirma y, en la gran mayoría de los casos, solo hay que esperar a que Hacienda ingrese el dinero en el banco. El problema, alertan los expertos, es que muchos contienen algunos errores y su revisión por parte de los declarantes suelen ser bastante laxa. La alerta la hace el experto en temas fiscales del sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) Antonio Paredes, que asegura que "la necesidad de solicitar la devolución para obtenerla con la mayor celeridad posible hace que, en bastantes casos, no se revisen debidamente".

Paredes añade que "hay que tener en cuenta que, muchas veces, la Agencia Tributaria emite estos borradores sin disponer de la totalidad de la información necesaria para la confección de la declaración". ¿Qué hay que revisar? La propia Gestha ha elaborado un decálogo con los asuntos que hay que vigilar. Son los siguientes.

  1. Cambios en la situación familiar. Según el sindicato hay que tener un especial cuidado en que queden reflejadas las modificaciones del estado civil y en especial nacimientos (si se ha sido padre o madre) ya que eso abre la puerta a deducciones familiares. Tener un hijo o adoptarlo puede reducir la cantidad a pagar al fisco entre 1.836 euros en el caso de que sea el primero y 4.182, si es el cuarto o siguientes. También se debe dejar constancia de las situaciones de minusvalía tanto personales como de familiares.
  2. Declaración individual o conjunta. Gestha señala que hay que verificar cuál es la opción de tributación más ventajosa. En casos de separación quien pague una pensión a su excónyuge o hijos podrán desgravarla.
  3. Estudiar las deducciones autonómicas. Hay que invertir un poco de tiempo en indagar en las novedades fiscales de cada comunidad.
  4. Revisar los datos del alquiler. Aunque ha desaparecido la deducción por estar como arrendatario en la vivienda habitual, se mantiene un régimen transitorio que supone que los contratos anteriores al 1 de enero de 2015 podrán mantenerla.
  5. Vivienda en propiedad. La deducción por comprar un piso habitual también desapareció, pero sigue siendo aplicable para aquellos que la adquirieron antes del 1 de enero de 2013. Según Gestha en algunos casos las entidades financieras no facilitan los datos del préstamo hipotecario.
  6. Rendimientos del trabajo. En este apartado hay que realizar dos comprobaciones, una por el lado de los ingresos y otra por el de los gastos. En el primer caso, puede haber desembolsos que no estén incluidos en el borrador porque el empleador no está obligado a presentar su declaración. Puede ocurrir con los pensionistas retornados que cobran de la Seguridad Social extranjera, estos organismos suelen enviar los datos a la administración española con bastante retraso. En el segundo, los gastos, el borrador puede saltarse cuotas sindicales, gastos de defensa jurídica o aspectos como indicar si estando parado se ha aceptado un trabajo que exija un cambio de residencia. Todos son deducibles.
  7. Cuidado con los pisos vacíos. Una vivienda deshabitada genera lo que se llama "imputación de rentas inmobiliarias", un presunto ingreso a ojos del fisco que se estima en un porcentaje sobre su valor catastral. Gestha recomienda revisar que las cantidades sean correctas.
  8. Olvido en las ganancias patrimoniales. Estos ingresos muchas veces no son declarados por olvido, un descuido que, advierte Gestha, puede acabar en sanción. Ocurre, por ejemplo, con las ayudas del plan PIVE.
  9. Donativos. Sobre las deducciones es importante hacer constar las correspondientes aportaciones a partidos políticos o donativos.
  10. Planes de pensiones. Las gestoras de estos planes suelen hacerlos constar en los borradores, pero conviene verificarlo para evitar posibles errores.

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