La expresión inglesa 'offshore ' puede traducirse como lejos de la costa, mar adentro. Es una metáfora de lo que son las sociedades 'offshore', empresas situadas generalmente fuera del radar del fisco.

| ¿Qué es una sociedad off shore?

Es una empresa constituida en un país distinto al de residencia y cuya actividad profesional se desarrollar fuera del estado donde está registrada. Se constituyen en paraísos fiscales donde la tributación es baja o nula.

| ¿Son legales?

Lo son con cumplir la laxa normativa que establecen los países que operan como paraísos fiscales. Además de legal, es relativamente sencillo: la sociedad se puede constituir en un plazo de siete días y por lo común la regulación es muy favorable para el promotor. Los países que las permiten no exigen por ejemplo la presentación de cuentas anuales y ofrecen un blindaje de confidencialidad que en ocasiones permite a los verdaderos propietarios mantener oculta su identidad.

| ¿Qué tipos de paraísos existen?

Se suele hablar principalmente de dos clases que se corresponden con las ventajas fiscales que ofrecen. De una parte están los "Nil tax havens", denominación que se da a los países donde los patrimonios y las empresas extranjeras no pagan ningún impuesto (renta, sociedades, sucesiones...); es el caso de Islas Caimán o de Bahamas. El otro perfil corresponde a las "Source Exempt Havens", centros 'offshore' donde solo se tributa por las rentas obtenidas dentro del país, pero no por las procedentes de fuera.

| ¿Cómo se usan esas empresas?

Una cosa es que sean legales y otra distinta el uso que se les suele dar. La opacidad y confidencialidad que permiten los países es aprovechada para evadir impuestos, ocultar dinero de procedencia ilítica o para realizar movimientos patrimoniales a espaldas del Fisco. Dentro de la ley, pero bordeándola, las sociedades son utilizadas por empresas o grandes fortunas para rebajar sus facturas tributarias mediante diseños de ingeniería fiscal..

| ¿Cómo trata la normativa española las sociedades 'offshore'?

Es legal tener bienes o sociedades en el extranjero e incluso en paraísos fiscales siempre que se declaren. Para el caso de que no sea así, la ley considera imprescriptibles los bienes no declarados. Un contribuyente que oculte una sociedad 'offshore' puede incurrir en delito fiscal. El valor de la empresa se considera ganancia patrimonial no justificada a efectos del IRPF, y si la cuota defraudada supera los 120.000 euros, puede haber delito.