La Comisión Europea defiende la retroactividad de las cláusulas suelo declaradas nulas en sentencia judicial, si hubo mala praxis en su comercialización, lo que supondría devolver a los clientes las cantidades cobradas de más por su banco desde el momento mismo de la firma del contrato de la hipoteca. Este criterio se aparta del que ha fijado el Tribunal Supremo, que limita el derecho a devolución a lo pagado en exceso desde el 9 de mayo de 2013, fecha de una sentencia de la alta magistratura que luego sentó doctrina.

La Comisión Europea, presidida por Jean-Claude Juncker, viene a argumentar que si se declara judicialmente que una cláusula es nula no cabe establecer un límite temporal a los efectos de esa nulidad. Es una opinión que en España también ha defendido una parte de los jueces de primera instancia en sus sentencias. Los expertos de la Comisión Europea creen ahora que la decisión de Supremo de mayo de 2013, cuando declaró abusivas las cláusulas suelo de las hipotecas de BBVA, Cajamar y Novacaixagalicia sólo a partir de esa fecha, se opone al derecho comunitario. En aquella sentencia, convertida en doctrina para el resto de jueces y tribunales, el Supremo defendió que no debía imponerse la retroactividad, y con ello devolución de todo el dinero cobrado de más a los clientes, porque eso pondría en peligro la solvencia de un sector financiero que acababa de ser rescatado con 40.000 millones de dinero público.

Ahora, una vez conocida la opinión de Bruselas, el Tribunal de la Unión Europea debe posicionarse y ver si defiende igualmente la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo. Fuentes jurídicas consultadas destacaron que la propia Comisión Europea considera que para preservar la seguridad jurídica, la protección que otorga la directiva 93/13 sobre cláusulas abusivas tiene como límite infranqueable la cosa juzgada, de tal manera que los casos que hayan sido decididos por los tribunales no podrán ser modificados. En este sentido, aquellas entidades y clientes cuyas situaciones hayan sido resueltas por sentencia judiciales firmes no podrán ser modificadas.

Sin embargo, en paralelo y desde hace tres meses, la banca española aguarda con expectación la respuesta que debe dar la juez de lo mercantil número 11 de Madrid a la macrodemanda interpuesta por 15.000 afectados por las cláusulas suelo, muy consciente de que probablemente decida eliminarlas.

Los expertos consideran que además la magistrada podría tener en cuenta ahora la opinión de la Comisión Europea y abogar por la retroactividad de las polémicas cláusulas suelo, en contra del criterio del Gobierno.

La demanda

El pasado 24 de junio quedaba visto para sentencia el procedimiento abierto en 2010 a raíz de la demanda formulada por Adicae, que inicialmente se dirigió contra 101 entidades bancarias, que después quedaron en 35 fruto de los procesos de fusión.

BBVA, Cajamar y Abanca, por la sentencia del Supremo, y otras entidades, dejaron de aplicar estas cláusulas, que impiden al hipotecado beneficiarse íntegramente de las rebajas del euríbor y blindan los rendimientos del banco. Bankia y Caixabank han optado por eliminarlas de los préstamos hipotecarios. Varias entidades más están en plenas negociaciones con sus clientes para evitar nuevos pleitos y aminorar sus costes. La completa eliminación de las cláusulas forzaría a la banca a hacer fuertes provisiones contra sus cuentas de resultados.