El titular del juzgado central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional aprecia indicios de delito de colusión -pacto ilícito de precios en perjuicio de un tercero- en la forma de actuar de 5 petroleras por supuesto pacto de precios de venta al por menor de carburantes.

Andreu decidió así admitir a trámite dos querellas presentadas contra Repsol, Cepsa, Disa, Meroil y Galp y sus máximos directivos por el sindicato Manos Limpias y la asociación de consumidores y usuarios José María Mena. El auto, dictado el pasado 3 de septiembre, unifica las dos denuncias en una sola causa que se investigará a partir de ahora. Las querellas presentadas por la Asociación de Consumidores y Usuarios José María Mena y Manos Limpias han llevado al magistrado a exigirles una fianza para hacer frente a posibles costas judiciales de 1.000 y 10.000 euros, respectivamente.

Además de admitir a trámite las querellas ahora unificadas, el juez acuerda pedir a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la documentación relativa al expediente incoado por pactar precios en 2013 -que se saldó con multas por casi 23 millones- y recibir declaración de los querellados.

Los querellados son Repsol y su consejero delegado, Josu Jon Imaz; Cepsa y su expresidente Khadem al Qubaisi; Disa y su consejero delegado, Raimundo Baroja; Meroil y su presidente, José Luis Porte, y Galp Energía. En el auto, el juez considera que las querellas cumplen con los requisitos formales y procesales para su admisión a trámite y que los hechos descritos en ella encajarían, de confirmarse, en el concepto de "defraudación".

Las querellas fueron presentadas después de que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia sancionase el 25 de febrero pasado con 32,4 millones a Repsol, Cepsa, Disa, Galp y Meroil por supuesto pacto de precios. Las dos grandes distribuidoras fueron las mayores perjudicadas por las multas, dado que se le impusieron 20 millones a Repsol, otros 10 a Cepsa, 1,3 millones a Disa, 800.000 euros a Galp y 300.000 euros a Meroil.