Declarar un céntimo de euro de más a la hora de presentar la documentación para el pago del Impuesto de Sociedades puede conllevar una importante sanción económica. Al menos eso es lo que ha sacado en conclusión el responsable de una empresa asturiana al que la Agencia Tributaria pretendía obligar al pago de 300 euros de multa por haber incurrido en una mínima contradicción a la hora de presentar la declaración de sus ingresos del año 2014. El responsable de esta firma -que prefiere permanecer en el anonimato-, mantiene que ni tan siquiera es culpa suya haber declarado ese céntimo de más.

"La declaración se presentó así por la imposibilidad técnica de rellenar el modelo 180 con una base de cero euros. Hay un error técnico imputable a la propia Administración que impide que se pueda completar el formulario de manera correcta", argumenta la empresa investigada e insiste en que este hecho "fue puesto en conocimiento de la propia Administración" vía telefónica. Avisar del error no sirvió de nada. Hacienda advirtió que la declaración anual -aquella en lo que los rendimientos presentados eran de un céntimo de euro-, no se correspondía con las sucesivas declaraciones trimestrales que se habían presentado previamente y en las que en la casilla de ingresos aparecían siempre "cero euros".