Las indemnizaciones por despido tributarán más tras la entrada en vigor de la reforma fiscal del Gobierno, aunque contarán con un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado.

De este modo, los contribuyentes con sueldos de 20.000 euros al año que vayan a recibir una indemnización por despido de 1.833 euros por año seguirán exentos de tributación. De la misma forma, todos los contribuyentes que hayan tenido sueldos inferiores a 20.000 euros seguirán disfrutando de la exención del 100% de su indemnización si son despedidos.

En cambio, los que hayan percibido un sueldo de 30.000 euros al año y tengan derecho a una indemnización de 2.750 euros por año disfrutarán de una exención del 72,72% del total.

Los que cobren 40.000 euros al año y tengan derecho a una indemnización de 3.666 euros por año tendrán derecho a una exención del 54,55%, mientras que los que perciban un sueldo de 50.000 euros y vayan a recibir una indemnización de 4.583 euros al año disfrutarán de una exención del 43,64%.

Por su parte, los contribuyentes que hayan cobrado un sueldo de 100.000 euros al año y, tras ser despedidos, tengan derecho a una indemnización de 9.166 euros por año trabajado, tendrán derecho a una exención del 21,82% en la indemnización.

Finalmente, los que hayan disfrutado un sueldo de 150.000 euros por año y vayan a percibir una indemnización de 13.750 euros por año tendrán una exención final del 14,54%.

Además, el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha especificado este lunes que la retención para autónomos con rentas menores a 12.000 euros bajará del 21 al 15% "de urgencia".

En una rueda de prensa sobre el anteproyecto de reforma fiscal que aprobó el Gobierno el pasado viernes, Montoro se ha referido a este primer paso de la reforma, que se dará a partir del próximo mes de julio, según aseguró ayer a Efe.

Este lunes se inicia el plazo de consulta pública, que acabará en el plazo de dos semanas, ha dicho Montoro.

El ministro ha reiterado que el IVA no subirá "porque ya está recaudando".

Montoro ha asegurado que la reforma tributaria es una bajada de impuestos para todos los contribuyentes, personas físicas y jurídicas, "cuando la situación lo permite, para impulsar el crecimiento, la creación de empleo, y la ganancia de competitividad para las empresas".

Ha añadido que se refuerza la política de reducción del déficit público "garantizando la financiación de los servicios públicos" y es "consecuente con los objetivos de déficit público del programa de estabilidad".

MIentras tanto, el Gobierno ha limitado a 8.000 euros anuales las aportaciones máximas a planes de pensiones con derecho a deducción en el IRPF, según el anteproyecto de ley de reforma fiscal que ha presentado este lunes el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, indicó que se trata de una aportación única, que no se verá incrementada por la edad del contribuyente como sucede ahora, y añadió que no tendrá impacto en el ahorrador medio, puesto que sus aportaciones son inferiores a esta cifra.

Además, la deducción por inversión en planes de pensiones mantiene su régimen fiscal actual.

Por otro lado, la reforma incorpora nuevos instrumentos para potenciar el ahorro a largo y medio plazo. Así, se crean los nuevos planes 'Ahorro 5', que podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro, que garantice la retribución de, al menos, el 85% de la inversión. Los rendimientos generados disfrutarán de exención si la inversión se mantiene en mínimo de cinco años.

Dación en pago y preferentes

La ganancia patrimonial que se produzca debido a la dación en pago (entrega de la casa para el pago de la deuda hipotecaria) quedará exenta de tributación tras la entrada en vigor de la reforma fiscal, igual que la plusvalía municipal.

Por su parte, los rendimientos de capital negativos derivados de las participaciones preferentes se podrán compensar con las ganancias patrimoniales derivadas de las acciones que fueron objeto de canje.

Producciones cinematográficas

El impuesto de Sociedades para producciones cinematográficas será del 20% para el primer millón de euros y del 18% para el resto, mientras que se fija una deducción del 15% de los gastos de producciones extranjeras en territorio español, con el fin de atraerlas.

El anteproyecto de reforma fiscal aprobado el pasado viernes en Consejo de Ministros fija un tipo del 28% en impuesto de Sociedades en 2015 un 25% en 2016, y que se reduce aún más en el caso de las producciones cinematográficas.

Según el Ministerio de Hacienda, se trata de los mayores incentivos a la producción de cine en España.

Para las producciones cinematográficas se fija un tipo aplicable a productor y coproductor financiero indistintamente.

En cuanto a las producciones extranjeras, podrán percibir por anticipado la deducción del 15%.