El Gobierno ha eliminado en la reforma del IRRF la deducción por alquiler de vivienda para aquellos contratos que se firmen a partir del 1 de enero de 2015, según el anteproyecto de ley de reforma fiscal que ha hecho público este lunes el Ministerio de Hacienda.

En concreto, el Ejecutivo indica que para avanzar en términos de neutralidad se suprime la deducción por alquiler, homogeneizando el tratamiento fiscal de la vivienda habitual entre alquiler y propiedad, si bien, al igual que se suprimió la deducción por compra de vivienda, se articula un régimen transitorio para los alquileres de vivienda efectuados con anterioridad a 2015, de manera que la supresión sólo afectará a los nuevos alquileres.

De esta forma, el Gobierno ha suprimido tanto la deducción por compra de vivienda para las adquisiciones posteriores al 1 de enero de 2013, como la deducción por alquiler, que quedará suprimida para los nuevos contratos que se suscriban a partir de 2015.

La deducción estatal para inquilinos asciende al 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler para los contribuyentes con una base imponible máxima que no supere los 24.107,20 euros.

Esta deducción empezó a funcionar el 1 de enero de 2008 con carácter exclusivamente estatal, por lo que sólo afecta a la cuota íntegra estatal y no a la autonómica, ya que algunas regiones han aprobado deducciones propias similares y compatibles con ésta, como la de la Comunidad de Madrid.

Propietarios

Por otro lado, la reforma fiscal incluye una rebaja del 60% al 50% de la exención de tributación en las rentas obtenidas por los propietarios por rentas del alquiler de viviendas a partir del 1 de enero de 2015. En el caso de inquilinos menores de 30 años, el anteproyecto de Ley elimina la exención total desde esa misma fecha.