La constructora coruñesa Arias Hermanos tendrá que readmitir a 28 trabajadores que despidió hace casi dos años o elevar la indemnización hasta 45 días por año trabajado con un tope de 42 meses de salario, el máximo legal previsto en un despido improcedente, después de que el Tribunal Supremo anulase el despido colectivo a través de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

Fue la dirección de Arias Hermanos la que llevó el caso hasta el Supremo después de que el Superior de Xustiza de Galicia ya anulase los despidos el 29 de octubre de 2012 en una sentencia que, como la del alto tribunal, invalida el proceso por entender que no es "ajustado a derecho". Como recuerda el fallo, la firma negoció en julio de 2011 un ERE de suspensión de contratos para 118 trabajadores, pero en abril de 2012 planteó el despido colectivo por las mismas causas económicas, organizativas y de producción que alegó en el primer ajuste.