La reforma del sistema de pensiones que hace un año aprobó el Gobierno para endurecer los retiros anticipados dejó abierta una puerta para mantener las condiciones hasta entonces vigentes de la jubilación parcial mediante contrato relevo, profusamente utilizada en toda España. Ahora se ha confirmado oficialmente que las empresas han aprovechado masivamente esa puerta para mantener durante un lustro abierta la opción de que los trabajadores que cumplan 61 años y tengan treinta cotizados se acojan a esa forma de jubilación. Son mas de 2.300 empresas y centros de trabajo gallegos los que están en esa nómina.

De manera sintética, esta forma de retiro adelantado consiste en que el asalariado reduce su jornada laboral (hasta un 75%) y su retribución pasa a ser pagada en parte por la Seguridad Social (pensión) y en parte por la empresa (salario), que ahorra en cotizaciones; paralelamente, el empleador está obligado a contratar a otro trabajador (relevista) que cubrirá la vacante. Sobre el papel, quien se jubila parcialmente queda obligado a trabajar el tiempo restante de su jornada hasta cumplir la edad legal de jubilación. Llegada esta, el trabajador cobrará la pensión íntegra, sin las mermas que afectan a otros procedimientos de retiro anticipado.

La filosofía que inspiró la creación de esta forma de retiro remitía a la conveniencia de favorecer el rejuvenecimiento de plantillas y la transmisión de conocimiento entre los trabajadores veteranos y los recién llegados. Sin embargo, el informe que un grupo de expertos hizo para el Gobierno a principios de 2013 sentenciaba: "Se puede afirmar que la jubilación parcial no está cumpliendo su función originaria (...). La realidad es que la jubilación parcial se ha utilizado exclusivamente como una forma privilegiada de jubilación anticipada en la que todos los costes son asumidos por el sistema de Seguridad Social".

Reforma

A partir de aquel diagnóstico, el Gobierno de Mariano Rajoy aprobó una reforma que endureció los requisitos de la jubilación parcial por segunda vez en dos años (antes lo había hecho el último Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero). La edad mínima se elevó para acompasarla con el aumento progresivo de la edad legal de jubilación de los 65 años 67 años. También se elevaron a 33 los años de cotización necesarios. Así, la norma general para 2014 quedó del siguiente modo: la jubilación parcial es posible para quienes tengan al menos 61 años y cuatro meses de edad y 33 años cotizados; si el historial supera los 33 años y medio, la edad se rebaja dos meses, aunque la empresa tiene que estar de acuerdo. Las condiciones que afectan a las compañías también cambiaron desde 2013. Se limitó más la reducción de jornada y se introdujeron otros cambios que alivian las cargas para la Seguridad Social y elevan los costes para las empresas. Según una extendida opinión, la reforma laminó buena parte de las ventajas que para las empresas suponía la jubilación parcial. Salvo para aquellas que antes del 1 de abril de 2013 tenían acuerdos laborales que la incluían.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social acaba de divulgar la lista de compañías que se acogieron a esa excepción y la relación es enorme, formada por mas de 25.000 empresas, instituciones públicas, colegios y todo tipo de organizaciones, incluidos partidos políticos, sindicatos y ONG.

Amplia lista

En el caso de Galicia, la lista reúne a 2.377 entidades, la gran mayoría empresas, aunque también están varios ayuntamientos (Santiago, Viana do Bolo, Moaña), órganos públicos como los puertos de A Coruña, Marín y Ferrol, diversos departamentos de la Xunta, el IGVS, el Consello da Cultura Galega o la Universidade de Santiago. La nómina incluye a numerosas pymes y a casi todas las grandes compañías de la comunidad, como Alcoa, Inditex, Hijos de Rivera, PSA Citroën, Finsa, Rodman, Pescanova, SGL Carbon, Sargadelos y diferentes entidades bancarias. Para los empleados de las empresas que están en la lista, la jubilación parcial será posible con los requisitos anteriores a la reforma de 2013 y en los mismos términos que en 2011 había fijado el Gobierno anterior: haber cumplido los 61 años, tener una vida laboral con un mínimo 30 años cotizados y llevar al menos seis trabajando en la compañía.

Esa ventana para la jubilación parcial, con menos edad y en condiciones económicas más benignas para las empresas que tienen acuerdos específicos, se cerrará el 1 de enero de 2019. Esto es, podrán acceder a ese retiro en las condiciones descritas y durante los próximos cinco años quienes hayan nacido entre 1953 y 1957. A partir de 2019, el uso de la jubilación parcial entrará en un pronunciado declive, según opiniones recogidas en el ámbito empresarial. Durante los últimos años ha sido una fórmula muy utilizada en el conjunto del país. En 2011, por ejemplo, se retiraron por esta vía más de 25.000 trabajadores en España.