El Gobierno ha dado luz verde a una reforma laboral que generaliza el despido con 20 días de indemnización y resta poder a los sindicatos a la hora de pactar las condiciones laborales de los trabajadores, aunque también apuesta por impulsar la formación y apoyar fiscalmente a las pymes.

La reforma ha sido muy bien recibida en el ámbito empresarial, que la considera positiva y en la línea adecuada para que el mercado de trabajo camine hacia empleos más estables y nuevas contrataciones.

En el otro extremo, los más cercanos al mundo sindical la consideran una amenaza para los trabajadores y dudan de que sirva para crear empleo, aunque las principales centrales sindicales aún no han decidido si se movilizarán contra ella, como teme el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.

Lo más controvertido de la reforma es el abaratamiento del despido, ya que el PP ha ahondado en la senda abierta por el gobierno socialista con su reforma de 2010, en la que se facilitaba el despido con 20 días a las empresas con previsión de pérdidas económicas o con una caída "persistente" de los ingresos.

Ahora se ha cifrado esa persistencia en 9 meses, lo que en la práctica significa que casi cualquier empresa española puede en estos momentos recurrir al despido por razones económicas sin que ningún juez dicte su improcedencia.

Por si acaso, también se ha abaratado el despido improcedente, que en lugar de pagarse a 45 días por año trabajado y un máximo de 42 mensualidades, se pagará a 33 días por año con un tope de 24 meses.

Además, con la vista puesta en el redimensionamiento del sector público, la norma facilitará que las empresas públicas que no sean solventes ni tengan previsión de serlo en los próximos años puedan recortar sus plantillas con la modalidad de despido mas barata.

Para equilibrar la balanza, el Gobierno ha recortado drásticamente las indemnizaciones por despido a los altos ejecutivos y directivos de empresas públicas y entidades financieras que han recibido capital del Estado, acabando con los contratos "blindados".

Desaparece el contrato fijo ordinario

Además, con la reforma desaparece la posibilidad de que se contrate como fijo ordinario (su indemnización es de 45 días por año trabajado) y sólo existirán el contrato de fomento del empleo estable y el nuevo indefinido para las pymes y autónomos (con una indemnización de 33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades).

Para los que ahora tienen un fijo ordinario se mantendrá la cuantía de los 45 días de despido hasta la entrada en vigor de la norma y a partir de ese momento será de 33 días. Lo que no varía es el límite de 42 mensualidades de abono.

El contrato indefinido para autónomos y pymes (de menos de 50 trabajadores) tendrá un período de prueba de un año y una deducción de 3.000 euros si el primer trabajador que se contrata es un menor de 30 años.

Negociación colectiva

Pero quizá sea más trascendental, como ha señalado con insistencia el ministro de Economía, Luis de Guindos, el cambio introducido en la negociación colectiva, que da al empresario la última palabra en la mayoría de los conflictos que se generen sobre las condiciones laborales pactadas (salarios, jornada, horario, movilidad, funciones, etc).

De esta forma, si una empresa acuciada por las circunstancias económicas decide por ejemplo no aplicar una subida salarial previamente pactada y no llega a un acuerdo al respecto con la representación sindical podrá reclamar un arbitraje obligatorio.

De la misma manera, al suprimirse la autorización administrativa para los expedientes de regulación de empleo (ERE) será el empresario el que finalmente decida las condiciones de la extinción o suspensión de los contratos.

Hasta ahora, la autoridad laboral podía devolver un ERE no acordado, lo que abría a los sindicatos la posibilidad de pactar mejores condiciones de salida para los trabajadores.